Por el cual se hace un traslado en el presupuesto

Rango Decreto
Publicación 1936-10-01
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de In República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO

que el honorable Consejo de Ministros en su sesión del día 18 de agosto de 1936, concedió al Ministerio de Educación Nacional la autorización, solicitada por conducto de este Despacho para efectuar un traslado dentro de las apropiaciones de su presupuesto,

DECRETA:

Artículo único. Hácese el siguiente traslado dentro del presupuesto del Ministerio de Educación Nacional:

Comuníquese.

Dado en Bogotá a 24 de agosto de 1930.

ALFONSO LOPEZ

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Gonzalo RESTREPO

El Ministro de Educación. Nacional,

Darío ECHANDIA

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