Por el cual se habilita una oficina para el servicio de giros postales, se acepta una renuncia, se hace una promoción y unos nombramientos en el ramo de Correos
EL Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
decreta:
Artículo 1° Habilítase para el servicio de giros postales, la Administración Subalterna de Correos de Sincé (Bolívar), con base de cincuenta pesos ($ 50), y un máximum de emisión de trescientos pesos ($300).
Artículo 2° Acéptase la renuncia presentada por el señor Alberto Mejía, para separarse del puesto de Ayudante del Liquidador de la Administración de Correos de Pereira, y nómbrase en su reemplazo al señor Felipe Fernández, a quien se promueve del puesto de Ayudante de la misma Administración, y para ocupar la vacante que éste deja, se nombra al señor Camilo Mejía.
Artículo 3° Nómbrase al señor Luis M. Téllez, Mensajero del Sur, de Bogotá a Neiva, en reemplazo del señor Alejandro Fonseca.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 24 de noviembre de 1920.
MARCO FIDEL SUAREZ-El Ministro de Gobierno, Luis CUERVO MARQUEZ.
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