sobre traslados en el presupuesto adicional de la Intendencia Nacional del Meta, correspondiente a 1930
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo único. Se aprueba el siguiente Decreto:
DECRETO NUMERO 94 DE 1930
(diciembre 4)
"por el cual se hacen unos traslados en el presupuesta adicional vigente".
El Intendente Nacional del Meta,
en uso de sus facultades legales,
DECRETA:
"Artículo único. Trasládase la suma de $ 554, de la partida, asignada en el artículo 10, capítulo IV, para arreglo y reparación de los caminos intendenciales, del presupuesto adicional vigente, a los siguientes artículos del mismo presupuesto;
| Al artículo 6°, capítulo II, para raciones de presos pobres de las Cárceles del Circuito, la suma de | $ | 380 |
|---|---|---|
| Al artículo 18, capítulo V, para alumbrado, medicinas, etc., de las mismas Cárceles, la suma de | 14 | |
| Al artículo 19, capítulo V, para arrendamiento de los locales de las mismas Cárceles, la suma de | 160 | |
| Total | $ | 554 |
Sométase a la aprobación del Gobierno.
Dado en Villavicencio a 4 de diciembre de 1930. .
Alejandro Gaviria de la C
El Secretorio de Hacienda,
Jorge Homero Morales.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 11 de diciembre de 1930.
ENRIQUE OLAYA HERRERA
El Ministro de Gobierno,
Carlos E. RESTREPO
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