Por el cual se crea el Tribunal Distrital de la Aduana de Cartagena
El Presidente de la Republica de Colombia,
en uso de sus facultades legales y acatando lo dispuesto en la Ley 48 del presente año,
DECRETA:
Artículo 1° Establécese el Tribunal Distrital de la Aduana de Cartagena, integrado por tres Jueces y un Secretario, con la asignación mensual de $ 140 cada uno de los Jueces, y de $ 90 para el Secretario.
Artículo 2° El Ministerio de Hacienda y Crédito Público dictará los reglamentos generales de aduanas sobre jurisdicción y funcionamiento del Tribunal Distrital de la Aduana de Cartagena.
Artículo 3° Para desempeñar los cargos de Jueces del Tribunal Distrital de la Aduana de Cartagena, se nombra a los señores Arturo Venegas P., Adalberto Osorio y Juan Manuel Rudas.
Secretario del mismo Tribunal, al señor Horacio Angulo.
Artículo 4° El presente Decreto regirá a partir del primero de enero del próximo venidero en adelante.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 16 de diciembre de 1933.
ENRIQUE OLAYA HERRERA
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Esteban JARAMILLO
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