Por el cual se modifica una destinación de fondos
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus atribuciones legales, y
CONSIDERANDO:
Que el Decreto número 1725, de 30 de agosto próximo pasado, dispuso situar en la Caja de Crédito Agrario, Industrial y Minero en esta ciudad la suma de $ 250.000.00 a la orden de la entidad administradora de la campaña contra la enfermedad de la sigatoka, en las plantaciones de la Zona Bananera del Magdalena; y
Que el Gobierno estima necesario la destinación de parte de los fondos a que se refiere el contrato anterior para atender tanto a la intensificación de otros cultivos en la Zona del Magdalena como para la defensa contra la misma enfermedad de la sigatoka aparecida en la región bananera de Acandí, lo cual exige la disminución de la partida destinada exclusivamente a la campaña en la Zona Bananera del Magdalena,
DECRETA:
Artículo único. Redúzcase a $ 125.000-00 la destinación de fondos para la campaña contra la sigatoka en las plantaciones de la Zona Bananera del Magdalena, de que trata el Decreto número 1725 de 30 de agosto próximo pasado, y destínanse 25.000-00 para atender a los gastos que exige la iniciación de la campaña contra la misma enfermedad de la sigatoka en las plantaciones de banano de Acandí.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, a 30 de octubre de 1939.
EDUARDO SANTOS
El Ministro de la Economía Nacional,
Jorge GARTNER
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