Por el cual se traslada una partida en la Ley de Apropiaciones de la vigencia en curso

Rango Decreto
Publicación 1928-01-03
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE INSTRUCCION Y SALUBRIDAD PUBLICAS
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales, y

considerando:

decreta:

Trasládase la suma de cuatro mil pesos ($ 4,000) moneda corriente, al artículo 630, "para la construcción de los edificios en que han de funcionar los Institutos Pedagógicos Nacionales," del capítulo 58, de la Ley de Apropiaciones de la vigencia en curso, tomándolos de las siguientes partidas: $ 3,000, del artículo 633, "para conservación, aseguro y sostenimiento del Teatro de Colón," y los $ 1,000 restantes del artículo 645, " para auxiliar las publicaciones de los Profesoras de la Universidad Nacional" del mismo capítulo 58.

Dése cuenta a quienes corresponda y publíquese.

Dado en Bogotá a 23 de diciembre de 1927.

Por delegación del Excelentísimo señor Presidente de la República, El Ministro de Gobierno,

Jorge VELEZ

El Ministro de Instrucción y Salubridad Públicas,

J. Vicente HUERTAS.

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