Por el cual se crea la Campaña Sanitaria del Vaupés y se dictan otras disposiciones
El Presidente de la República de Colombia.
en ejercicio de la facultad concedida por la Ley 36 de 1942,
DECRETA:
Artículo 1° Como una dependencia del Ministerio de Trabajo Higiene y Previsión Social, en la Sección Servicio Cooperativo Interamericano de Salud Pública créase la Campaña Sanitaria del Vaupés, que se encargará del tratamiento y control del paludismo y otras endemias de la región del rio Vaupés, cuyo centro estará en Miraflores.
Artículo 2° El personal de es la Campaña será para empezar el siguiente:
| 1 Médico, con la asignación mensual de | $ | 300.00 |
|---|---|---|
| 2 Inspectores Enfermeros, con la asignación mensual de $ 90.00 cada uno | 180.00 | |
| Artículo 3° Nómbrese Médico de la citada Campaña, al doctor Juan Espinel. | Artículo 3° Nómbrese Médico de la citada Campaña, al doctor Juan Espinel. | Artículo 3° Nómbrese Médico de la citada Campaña, al doctor Juan Espinel. |
| --- | --- | --- |
Artículo 4° De conformidad con el Decreto número 74 del presente año, hácense los siguientes nombramientos para la Campaña de Malariologia:
Médico del Centro, de Control de Segovia, doctor Milciades Mogollón Fernández en reemplazo del doctor Luis A. González, quien renunció; Médico dé Zaragoza, doctor Rafael Buitrago.
Artículo 5° Nómbrase Ayudante de la Dirección de la Campaña contra la Bartonellosis, al doctor Daniel Marino Zuleta.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá a 30 de enero de 1943.
ALFONSO LOPEZ
El Ministró de Trabajo Higiene y Previsión Social,
Arcesio LONDOÑO PALACIO
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.