Por el cual se adiciona el Presupuesto Nacional de gastos de la actual vigencia económica
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y
teniendo en cuenta,
lo dispuesto en el Decreto número 1552 del presente año, dictado en cumplimiento de la disposición contenida en el artículo 16 de la Ley 113 de 1919,
decreta:
Artículo 1° Adiciónase la liquidación general del Presupuesto Nacional de gastos .para el año fiscal de 1° de enero a 31 de diciembre de 1920, con la suma de quinientos catorce pesos cincuenta y un centavos ($ 514-51) que llevará la siguiente imputación:
MINISTRO DE HACIENDA
CAPITULO 26
Aduanas-Personal.
Aduana de Cartagena.
Artículo 295. Sueldos de los empleados de esta Aduana (supernumerario creado por Decreto número 1552 de 1920), así:
| Parágrafo .11. De un Revisor, a $ 110 mensuales, del 11 de agosto último al 31 de diciembre próximo | $ | 514 51 |
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| Total | $ | 514 51 |
| Artículo 2° La Dirección General de la Contabilidad Nacional, la Oficina Central de Ordenación, la de Reconocimientos del Ministerio de Hacienda y las pagadoras respectivas, describirán en sus libros los asientos a que da lugar el presente Decreto.' | Artículo 2° La Dirección General de la Contabilidad Nacional, la Oficina Central de Ordenación, la de Reconocimientos del Ministerio de Hacienda y las pagadoras respectivas, describirán en sus libros los asientos a que da lugar el presente Decreto.' | Artículo 2° La Dirección General de la Contabilidad Nacional, la Oficina Central de Ordenación, la de Reconocimientos del Ministerio de Hacienda y las pagadoras respectivas, describirán en sus libros los asientos a que da lugar el presente Decreto.' |
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Publíquese.
Dado en Bogotá a 24 de noviembre de 1920.
MARCO FIDEL SUAREZ-El Ministro del Tesoro, J. M. PASOS.
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