por el cual se abren unos créditos al Presupuesto vigente. (Ministerio de Obras Públicas)

Rango Decreto
Publicación 1949-07-27
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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(Ministerio de Obras Públicas).

El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus atribuciones legales, y

CONSIDERANDO :

que la Contraloría General de la República ha certificado la existencia de nuevos recursos fiscales por la cantidad de $ 560.804.33, así :

En oficios números 10847 y 10889 fechados en mayo del año en curso, provenientes de la consignación verificada en la Tesorería General de la República por el Departamento del Valle, de conformidad con el convenio publicado en el Diario Oficial número 26531 de 13 de febrero de 1948, préstamo que hizo el referido Departamento a la Nación, con destino a la pavimentación de la carretera Palmira-Cartago $ 500.000.00

En oficio número 11207 de 4 de junio último, valor de los siguientes pagarés expedidos a favor de la Tropical Oil Company por concepto de suministros de asfalto, con destino a la pavimentación de carreteras, de conformidad con los contratos celebrados al efecto, así :

Pagaré número 113 por $ 3.672.90
Pagaré número 119 por 6.798.48
Pagaré número 120 por 3.874.80
Pagaré número 121 por 14.897.72
Pagaré número 122 por 3.614.29
Pagaré número 123 por 17.881.92 50.740.11
En oficio número 11207 de 4 de junio último, proveniente de la Tesorería General de la República, en la cuenta de Depósitos Provisionales, por la Beneficencia de Cundinamarca como reembolso a que se comprometió dicha entidad de acuerdo con la cláusula 6ª de la escritura número 1071 de 1949 de la Notaría 3ª del Circuito de Bogotá, con destino a las obras de la carretera 18 de la misma ciudad $ 10.064.22
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Total $ 560.804.33

y que tanto el Consejo de Ministros como el Consejo de Estado han impartido su aprobación y expresado su concepto favorable a la apertura de unos créditos al Presupuesto vigente, con respaldo en los nuevos recursos fiscales mencionados anteriormente, según consta en los oficios números 2172, 2173 del 14 de junio último, y número 673 del 8 de los corrientes, procedentes de las Secretarías de dichas entidades,

DECRETA :

Artículo 1° Con base en la suma de quinientos sesenta mil ochocientos cuatro pesos con treinta y tres centavos ($ 560.804.33) moneda corriente, proveniente de los nuevos recursos fiscales enumerados en los considerandos del presente Decreto, ábrense los siguientes créditos adicionales al Presupuesto vigente:

MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS

CAPITULO 111.

Carreteras Nacionales.

Artículo 2167-A. Para atender a los gastos que demande el suministro de asfaltos con destino a la pavimentación de carreteras nacionales, de conformidad con las autorizaciones de la Ley 175 de 1938, y con los contratos celebrados con la Tropical Oil Company, de fechas 9 de agosto de 1943, publicado en el Diario Oficial número 25430 de 27 de diciembre del mismo año, y de 3 de mayo de 1943 $ 50.740.11
Artículo 2167-B. Para continuar la pavimentación de la carretera Palmira-Cartago 500.000.00
Artículo 2167-D. Para atender a los gastos que demanden las obras de urbanización de la carrera 18, de acuerdo con la cláusula 6ª de la escritura número 1071 de 1949 de fecha 12 de abril del mismo año, de la Notaría 3ª del Circuito de Bogotá 10.064.22
Total $ 560.804.33
Artículo 2° El presente Decreto rige desde su fecha.

Comuníquese, y publíquese.

Dado en Bogotá a 14 de julio de 1949.

MARIANO OSPINA PEREZ

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Hernán JARAMILLO OCAMPO

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