Por el cual se abre un crédito adicional al Presupuesto de Rentas e Ingresos y Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal de 1970 (Ministerio de Educación Nacional), por $ 1.500.000.00

Rango Decreto
Publicación 1970-12-09
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO:

Que el numeral 2° del artículo 56 de la Ley 11 de 1969, se facultó al Gobierno Nacional para reajustar los estimativos de las rentas e ingresos y de los recursos del crédito e incorporarlos al Presupuesto, por medio de decreto, y abrir las correspondientes apropiaciones para gastos.

Que el Gobierno Nacional estima necesario y conveniente abrir u n crédito adicional al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1970, del Ministerio de Educación Nacional por $ 1.500.000.00, destinados a la construcción del Estadio "Eduardo Santos", de la ciudad de Santa Marta.

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 83 del Decreto-ley 1675 de 1964, el Contralor General de la República expidió el Certificado de Disponibilidad número 19 de 1970, por $320.000.000.00, con base en el reajuste de los estimativos del Impuesto sobre la renta y complementarios, de los cuales se utilizan $ 1.500.000.00, para financiar el crédito presupuestal de que trata este Decretó, y

Que se han cumplido los requisitos legales para la tramitación de esta clase de negocios,

DECRETA

Artículo 1°. Adiciónanse los cómputos del Presupuesto de Rentas e Ingresos del Tesoro de la Nación para la vigencia fiscal de 1970, con la cantidad de siete millones ciento veintiocho mil ochocientos catorce pesos ($7.128.814.80), moneda legal, que, con base en el Certificado de Disponibilidad número 19 del mismo año, expedido por el Contralor General de la República, se incorporarán con imputación al siguiente numeral:

Presupuesto de Rentas e Ingresos

Capítulo I

Numeral 1. Impuesto sobre , la renta y complementarios $1.500.000
Suma el recurso $1.500.000
Artículo 2°. Con base en el recurso de que trata el artículo anterior, ábrense los siguientes créditos adicionales al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1970:

Presupuesto de Inversión

MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL

Capítulo 680

Ministerio de Educación Nacional

Programa 682

Instalaciones y fomento deportivo

588, 318. Artículo 6833-B. Para la construcción del estadio "Eduardo Santos" de la ciudad de Santa Marta $ 1.500.000
Suma el crédito $ 1.500.000
Artículo 3°. El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición.

Comuníquese y publíquese

Dado en Bogotá, D. E., a 4 de noviembre de 1970.

MISAEL PASTRANA BORRERO

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Alfonso Patiño Rosselli.

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