Por el cual se hacen unos traslados en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1972. (Ministerio de Defensa Nacional), por $ 5.776.147.00

Rango Decreto
Publicación 1972-12-13
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la república de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO:

Que por medio del artículo 50 de la Ley 24 de 1971, se autorizó al Gobierno Nacional para abrir créditos y efectuar traslados en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1972, con el objeto de garantizar la buena marcha de la Administración Pública, el normal cumplimiento de los programas de i inversión y los compromisos contractuales con los organismos internacionales de crédito;

Que el Ministerio de Defensa Nacional, por medio de la Resolución número 6453 de 1972, declaró sobrante la cantidad de $5.776.147.00 en el Presupuesto de Gastos para la vigencia a fiscal de 1972, con el objeto de que esa trasladada para incrementar otras apropiaciones del mismo presupuesto;

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 96 del Decreto-ley número 1675 de 1964, el Contralor General de la República expidió el Certificado de Reserva y Disponibilidad número 43 de 1972, por $5.776.147.00 para amparar los traslados presupuestales de que trata este Decreto, y

Que se han cumplido los requisitos legales para la tramitación de eta clase de negocios,

DECRETA:

Artículo 1°. Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1972:

Presupuesto de Funcionamiento

Contracréditos:

MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

CAPITULO 175

Administración y Dirección del Ministerio

Programa 185

Gabinete del Ministro

Servicios Personales:

101, 151, 103. Artículo 1801. Sueldos del personal de nómina 294.506
102,151, 119. Artículo 1303. Alimentación, lavado y peluquería 6.000
Gastos generales
106, 151, 215. Artículo 1808. Arrendamientos 115.443
CAPITULO 176
Comando General de las Fuerzas Militares
Programa 136
Operación Administrativa del Comando General
Servicios personales
101, 151, 103. Artículo 1817. Sueldos del personal de nómina 150.000
101, 151, 109. Artículo 1818. Remuneración servicios técnicos 102.000
CAPITULO 177
Ejército Nacional
Programa 137
Operación Administrativa del Ejército
Servicios personales
101, 152, 109. Artículo 1830 Remuneración servicios técnicos. 96.109
Gastos Generales
106, 152, 215. Artículo 1841. Arrendamientos 124.940
De viaje 3.384.017
106, 152, 215 Artículo 1841. Arrendamientos 124.940
CAPITULO 178
Armada Nacional
Programa 190
Operación Administrativa de la Aduana
Servicios personales
101, 153, 109. Artículo 1851. Remuneración servicios técnicos 350.000
101, 153, 113. Artículo 1852. Jornales 67.000
Gastos Generales
105, 153, 201. Artículo 1855. Mantenimiento y aseguros 359.442
106, 153, 215. Artículo 1862. Arrendamientos 6.000
CAPITULO 179
Fuerza Aérea Colombiana
Programa 193
Operación Administrativa de la Fuerza Aérea
Servicios personales
101, 154, 109. Artículo 1870. Remuneración servicios técnicos. 200.000
102, 154, 119. Artículo 1873. Alimentación, lavado y peluquería 450.000
Gastos generales
106, 154, 215. Artículo 1881. Arrendamientos 70.000
Suman los contracréditos $5.776.147
Créditos
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
CAPITULO 175
Administración y Dirección del Ministerio
Programa 185
Gabinete del Ministro
Gastos generales
105, 151, 201. Artículo 1805. Mantenimiento y aseguros $91.000
105, 151, 203. Artículo 1806. Compra de equipo 107.000
106, 151, 211. Artículo 1807. Materiales y suministros. 127.949
106, 151, 219. Artículo 1809. Gastos varios e imprevistos 90.000
CAPITUL 176
Comando General de las Fuerzas Militares
Programa 186
Operación Administrativa del Comando General
Servicios Personales
102, 151, 117. Artículo 1819. Prima de Navidad. 15.000
Gastos generales
105, 151, 201. Artículo 1821. Mantenimiento y aseguros 42.000
106, 151, 207. Artículo 1824. Servicio de comunicaciones 60.000
106, 151, 211. Artículo 1826. Materiales y suministros. 85.000
106, 151, 213. Artículo 1827. Impresos y publicaciones 50.000
CAPITULO 177
Ejército Nacional
Programa 187
Operación Administrativa del Ejército
Gastos generales
105, 152, 203. Artículo 1835. Compra de equipo. 3.605.156
CAPITULO 178
Armada Nacional
Programa 190
Operación Administrativa de la Armada
Gastos generales
105, 153, 203. Artículo 1856. Compra de equipo. 100.000
106, 153, 209. Artículo 1859. Servicios públicos. 595.442
Programa 191
Administración de Instalaciones Navales
Gastos generales
105, 153, 201. Artículo 1864. Mantenimiento y aseguros 87.600
CAPITULO 179
Fuerza Aérea Colombiana
Programa 193
Operación Administrativa de la Fuerza Aérea
Gastos generales
160, 154, 207. Artículo 1877. Servicio de comunicaciones 220.000
106, 154, 209. Artículo 1878. Servicios públicos 180.000
Programa 194
Administración de Instalaciones de la Fuerza Aérea
Gastos generales
105, 154, 201. Artículo 1883. Mantenimiento y aseguros 150.000
Programa 195
Sanidad Aérea
Gastos generales
106, 352, 211. Artículo 1887. Materiales y suministros 170.000
Suman los créditos $5.776.147
Artículo 2°. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá, D. E., a 15 de noviembre de 1972.

MISAEL PASTRANA BORRERO

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

RODRIGO LLORENTE MARTINEZ.

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