por el cual se aprueba un Acuerdo del Comité Nacional de Cafeteros

Rango Decreto
Publicación 1990-09-11
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confieren las Leyes 76 de 1927 y 11 de 1972 y el Decreto legislativo 2078 de 1940,

DECRETA:

Artículo 1° Apruébase el Acuerdo número 6 de 1990 del Comité Nacional de Cafeteros, cuyo texto dice lo siguiente:

“ACUERDO NUMERO 6 DE 1990

(julio 26)

El Comité Nacional de Cafeteros, en uso de sus atribuciones, y

CONSIDERANDO:

ACUERDA:

Artículo 1° Autorízase a la Federación Nacional de Cafeteros de Colombia para que, como administradora del Fondo Nacional del Café y para éste, adquiera a la firma Compañía Cafetera del Caribe S. A., Caribecafé, el lote cuya área es de 4.500 M2 y en el cual se encuentran levantadas una bodega de 2.109 M2 y una oficina de 63 M2, ubicado en la Avenida 26 Las Granjas de la ciudad de Neiva, Departamento del Huila.

Artículo 2° El precio de compra de dicho inmueble será la suma de doscientos veintiocho millones cuatrocientos setenta y nueve mil pesos ($ 228.479.000.00) moneda corriente. La suma destinada por la compra de este inmueble se incluirá en la próxima actualización del Presupuesto del Fondo Nacional del Café para la presente vigencia.

Artículo 3° Autorízase a la Gerencia General de la Federación Nacional de Cafeteros para acordar las modalidades de pago y para realizar los demás actos jurídicos que fueren necesarios para llevar a cabo la presente operación.

Artículo 4° Sométase el presente Acuerdo, por conducto del señor Ministro de Hacienda y Crédito Público, a la aprobación del señor Presidente de la República.

Aprobado en Bogotá, D. E., a los veintiséis (26) días del mes de julio de mil novecientos noventa (1990).

El Presidente,

(Fdo.) Luis Ignacio Múnera Cambas.

La Secretaria (E.),

(Fdo.) María Isabel Silva Nigrinis”.

Artículo 2° Este Decreto rige desde la fecha de publicación.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. E., a 10 de septiembre de 1990.

CESAR GAVIRIA TRUJILLO

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Rudolf Hommes.

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