Por el cual se derogan los Decretos 1963 y 2937 del 7 y 17 de diciembre de 1992, respectivamente

Rango Decreto
Publicación 1992-12-30
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE COMUNICACIONES
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en ejercicios de sus facultades constitucionales y legales y en especial de las consagradas por el artículo 189 de la Constitución Política y el Decreto 1666 de 1991, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Decreto 1963 del 7 de diciembre de 1992 se le confirió comisión de servicios en el exterior al doctor William Jaramillo Gómez, Ministro de Comunicaciones, para viajar a la ciudad de Ginebra (Suiza) del 12 al 22 de diciembre de 1992, más dos días de ida y dos de regreso, con el fin de asistir a la Conferencia de Plenipotenciarios Adicional de la UIT;

Que por necesidades del servicio la comisión referida solamente se podrá llevar a cabo del 19 al 22 de diciembre de 1992, más dos días de ida y dos de regreso;

Que en las fechas mencionadas en el considerando anterior dada las necesidades del servicio tampoco se pudo dar cumplimiento a dicha comisión;

Que por lo anteriormente expuesto,

DECRETA:

Artículo 1°. Derogar en todas sus partes los Decretos 1963 y 2037 del 7 y 17 de diciembre de 1992, respectivamente, por los motivos expuestos en los considerandos del presente Decreto.
Artículo 2°. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dado en Santafé de Bogotá, D.C., a 29 de diciembre de 1992.

CESAR GAVIRIA TRUJILLO

El Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República de Colombia,

Fabio Villegas Ramírez.

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