Por el cual se dicta una disposición relacionada con la Caja de Auxilios de la Policía Nacional

Rango Decreto
Publicación 1931-12-01
Estado Derogada
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
Historial de reformas JSON API

AUXILIOS DE LA POLICIA NACIONAL

El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO:

DECRETA:

Artículo único. Desde el primero de diciembre de 1931 en adelante, se reducen en un veinticinco por ciento todas las pensiones vitalicias reconocidas o que se reconozcan en lo sucesivo por la Caja de Auxilios de la Policía Nacional.

Parágrafo. Esta reducción subsistirá hasta que se solucione la crisis fiscal por que atraviesa el país.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 28 de noviembre de 1931.

ENRIQUE OLAYA HERRERA

El Ministro de Gobierno,

Agustín MORALES OLAYA

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.