POR EL CUAL SE FIJA LA IMPUTACION A UNO DE LOS CREDITOS ABIERTOS AL PRESUPUESTO VIGENTE POR LA LEY 33 DE 1932

Rango Decreto
Publicación 1932-12-14
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo único. Fijase la imputación al siguiente crédito abierto al Presupuesto de la vigencia fiscal en curso por la Ley 33 de 1932:

MINISTERIO DE GOBIERNO

CAPITULO 17

Gastos varios.

Artículo 240 bis. Para pagar el sueldo del Escribiente Archivero del Gran Consejo Electoral, de enero a diciembre del corriente año, a razón de cuarenta pesos mensuales $480

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 6 de diciembre de 1932.

ENRIQUE OLAYA HERRERA

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Esteban JARAMIILLO

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