Por el cual se hacen unos traslados en el Presupuesto vigente (Ministerio de Educación Nacional)
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus atribuciones legales, y
CONSIDERANDO
Que el Consejo de Ministros, en su sesión del día 25 de agosto del año en curso, autorizó al Ministerio de Hacienda y Crédito Público para efectuar unos traslados dentro de las apropiaciones del Ministerio de Educación Nacional, según consta en el acta respectiva,
DECRETA:
Artículo 1º. Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto vigente
| MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL |
|---|
| Capítulo 67. |
|---|
| Del artículo 1041. Para adquirir mil ejemplares de la cubra la Palabra Triunfante, del doctor Manuel Antonio Bonilla, que deben ser entregados a la Dirección General de Instrucción Pública, del Departamento del Valle del Cauca, con destino a las bibliotecas públicas y a los establecimientos de enseñanza oficiales y particulares de dicho Departamento | $ | 4.000.00 |
|---|---|---|
| Suman los Contracréditos | $ | 4.000.00 |
| Capítulo 64. | Capítulo 64. | Capítulo 64. |
| Al artículo 960-A. Para sueldos del personal y gastos en general de curso especial de danza para maestras, anexo al Instituto Pedagógico Nacional | $ | 800.00 |
| Al artículo 964. Para alimentación de alumnos y empleado« internos, sostenimiento del restaurante de la Escuela Anexa, servicios de energía, agua, aseo, teléfono, material de enseñanza, útiles de escritorio, reparaciones, deportes y demás gastos de esta Normal (de Varones, Barranquilla) | 1.360.00 | |
| Capítulo 65. | Capítulo 65. | Capítulo 65. |
| Al artículo 1025. Para sostenimiento en general de los equipos de zapatería y almacenes de calzado escolar | 840.00 | |
| Capítulo 70. | Capítulo 70. | Capítulo 70. |
| Al artículo 1090. Para el sostenimiento de beca en los establecimientos de educación que determine el Gobierno | 1.000.00 | |
| Súmanlos créditos | $ | 4.000.00 |
Artículo 2º. El presente Decreto rige desde su fecha.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 8 de septiembre de 1944.
ALFONSO LOPEZ
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Gonzalo RESTREPO
EL Ministro de Educación Nacional,
Antonio ROCHA
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