por el cual se hacen unos traslados en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1967 (Policía Nacional), por $ 5.434.859.40
El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO:
Que por medio del ordinal b) del artículo 56 de la Ley 77 de 1966 y del parágrafo 1° del mismo artículo, se autorizó al Gobierno Nacional para hacer, mediante decreto, los traslados presupuéstales necesarios para la buena marcha de la Administración Pública y el nuevo Plan de Inversiones del Gobierno, sin sujeción a las limitaciones impuestas por el Decreto - ley número 1675 de 1964;
Que el Director General de la Policía Nacional, por medio de la Resolución número 3791 de 1967, ha declarado sobrantes y disponibles algunos saldos del presupuesto de gastos de dicha institución, por no ser necesarios durante el resto de la vigencia, y a la vez, solicitado que se trasladen para incrementar otras apropiaciones deficientes del mismo presupuesto, por un total de $5.434.859.40;
Que para amparar la operación presupuestal de que se trata, el Contralor General de la República expidió el Certificado de Reserva y Disponibilidad número 57 de 1967, por un valor igual al que se trata de transferir, y
Que se han cumplido los requisitos legales para la tramitación de esta clase de negocios,
DECRETA:
Artículo 1° Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1967:
PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO
POLICIA NACIONAL
Contracréditos:
CAPITULO 0401
Policía Nacional
PROGRAMA 337
Servicios Policiales
Servicios personales
| 101 132 103. Artículo 4011. Sueldos del personal de nómina | $ | 4.100.000.00 |
|---|---|---|
Gastos generales
| 106 132 305. Artículo 4020. Materiales y suministros | 1.234.859.40 |
|---|---|
PROGRAMA 339
Sanidad y Asistencia Social
Servicios personales
| 101 352 103. Artículo 4041. Sueldos del personal de nómina | 100.000.00 | |
|---|---|---|
| Suman los contracréditos | $ | 5.434.859.40 |
| --- | --- | --- |
Créditos:
PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO
POLICIA NACIONAL
CAPITULO 0401
Policía Nacional
PROGRAMA 337
Servicios Policiales
Servicios personales
| 102 132 129. Artículo 4013. Subsidio Familiar y demás primas legales | 3.000.000.00 |
|---|---|
PROGRAMA 339
Sanidad y Asistencia Social
Transferencias
| 302 333 402. Artículo 4848. Caja de Previsión Social | $ | 1.200.000.00 |
|---|---|---|
PRESUPUESTO DE INVERSION
CAPITULO 1081
Rama Técnica
- A) Programas de Inversión Directa
PROGRAMA 1081
Construcción, Terminación y Ampliaciones de Cuarteles y Casas Fiscales
| 610 435. Artículo 10802. Construcción de Cuarteles | 1.234.859.40 | ||
|---|---|---|---|
| Proyecto 1. Cuartel en la Isla de San Andrés | 807.302.18 | ||
| Proyecto 5. Cuartel en Neiva (Huila) | 74.136.10 | ||
| Proyecto 7. Cuartel en Armenia (Quindío) | 157.063.18 | ||
| Proyecto 10. Cuartel en Pereira (Risaralda) | 196.357.94 | ||
| Suman los créditos | $ | 5.434.859.40 |
Artículo 2° El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, D. E., a noviembre 20 de 1967.
CARLOS LLERAS RESTREPO
E1 Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Abdón Espinosa Valderrama.
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