Por el cual se adiciona el Presupuesto de Ingresos y Gastos del Fondo de Inmuebles Nacionales de la actual vigencia, en la cantidad de $ 8.000.000.00

Rango Decreto
Publicación 1977-09-26
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

considerando:

Que el Gobierno Nacional, mediante Decreto número.1688 de. agosto 21 de. 1975, apropio en el presupuesto de inversión del Ministerio de Obras Publicas la cantidad de diez y ocho millones de pesos ($.18.000.000:00) moneda corriente, para el edificio nacional de Barranquilla;

Que la anterior partida se incorporó al presupuesto de ingresos y gastos del Fondo de Inmuebles Nacionales por medio del Decreto número 1813 de septiembre 2 de 1975,

Que sobre la base de este recurso, el Fondo de Inmuebles Nacionales; suscribió el contrato número 91 de 1975, con, el Departamento del Atlántico;

Que el Fondo de Inmuebles Nacionales, mediante Resolución número 1137 de febrero 16 de 1977 y por las razones qué se exponen en los considerandos de la misma, dio por terminado dicho contrato, quedando sin ejecutar un saldo de $ 8.000.000.00

Que la partida antes mencionada se debe incorporar, al presupuesto de ingresos y gastos, del Fondo de Inmuebles Nacionales de la actual vigencia;

Que se expidió el correspondiente certificado de disponibilidad en mayo de 1977, y

Que se han cumplido todos los requisitos legales necesarios para la tramitación de esta clase de negocios,

decreta:

Artículo 1° Adiciónase el presupuesto de ingresos del Fondo de Inmuebles Nacional para la vigencia fiscal de 1977, en la suma de ocho millones de pesos ($ 8.000.000.00) moneda corriente, según el siguiente detalle:

Presupuesto de ingresos

Otros recursos.

Numeral 4. Recursos del balance $ 8.000.000
Artículo 2° Con base en el recurso de que trata, el artículo anterior, adiciónase el presupuesto de gastos del Fondo de Inmuebles Nacionales para la vigencia fiscal de 1977, en la cantidad de ocho millones de pesos ($ 8.000.000.00) moneda corriente, de acuerdo con la siguiente distribución:

Presupuesto de gastos

Inversión directa.

Programa 01

Estudios, construcción, reconstrucción conservación de edificios, monumentos y parques nacionales.

Artículo 01. Estudios, construcción y reconstrucción de inmuebles nacionales $ 8.000.000
Proyecto 5. Edicio Nacional Barraquilla $ 8.000.000
Artículo 3° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición:

Comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. E., a 5 de septiembre de 1977.

alfonso lopez michelsen

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Abdón Espinosa Valderrama.

El Ministro de Obras Públicas y Transporte,

Humberto Salcedo Collante.

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