por el cual se asignan unas funciones a los Departamentos de la República y al Distrito Especial de Bogotá, y se dictan otras disposiciones

Rango Decreto
Publicación 1958-07-23
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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La Junta Militar de Gobierno de la República de Colombia,

en uso de las facultades de que trata el artículo 121 de la Constitución Nacional;.

DECRETA:

Articulo 1° a partir del 19 de julio de 1958, las Gobernaciones de los Departamentos y la Alcaldía del Distrito Especial de Bogotá ejercerán las funciones de control y vigilancia de que tratas los Decretos 1070, 1616, 0453 de 1956, 0699 de 1957 y sus: respectivos reglamentos, adscritos actualmente al Ministerio de, Fomento.
Artículo 2° Las providencias que dicten los Gobernadores o el Alcalde del Distrito Especial de, Bogotá en ejercicio de las> funciones que los confiere este Decreto, serán apelables para ante el Ministerio de Fomento.
Artículo 3° A partir de la vigencia del presente Decreto, la garantía bancaria. hipotecaria o prendaria a que se refiere el ordinal c) del Decreto número 1616 de 1956 deberá otorgarse por el término de un (1) año y un valor igual al monto de los arrendamientos correspondientes a dicho lapso, y los plazos fijados en los artículos 4°, 7° y 8° del mismo Decreto serán de diez (10) meses.
Artículo 4° El presente Decreto rige a partir de, la fecha de su expedición y deroga o suspende, según el caso todas las disposiciones que le sean contrarias.

Comuníquese, publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá D. E., a 19 de junio de 1958.

Mayor General GABRIEL PARIS G.,

Presidente de la Junta.

Mayor General Deogracias Fonseca.-Vicealmirante Rubén Piedrahita Arango.-Brigadier General Rafael Navas Pardo.-Brigadier General Luis E. Ordóñez. C.

El Ministro de Gobierno, Mayor General Pioquinto Rengifo -El Ministro de Relaciones Exteriores, Carlos Sanz de Santamaría El .Ministro de Justicia, Rodrigo Noguera Laborda-El Ministro de Hacienda y Crédito Publico Jesús María Marulanda -El Ministro de. Cuarta Brigadier General Alfonso Saiz Montoya. -El .Ministro de Agricultura Jorge Mejía Salazar-.El Ministro de Trabajo Raimundo Emiliani Román El. Ministro de Salud Pública Juan Pablo Lleras El Ministro de Fomento, Harold Heder.-El Ministro de Minas y Petróleo Julio César Turbay Ayala-El Ministro de Educación. Nacional, Alonso Carvajal Peralta.-El Ministro de Comunicaciones, Brigadier General Alfonso Ahumada Ruiz-El Ministro de Obras Públicas, Roberto Salazar Gómez.

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