Por el cual se distribuye una partida. (Ramo de Carreteras Nacionales)

Rango Decreto
Publicación 1957-12-07
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales,"

DECRETA:

Articulo único. De la partida de $ 1.000.000.00, apropiada en el Capitulo 527, articulo 5293, ordinal 22 del Presupuesto vigente para conservación de las carreteras del Plan Vial, según distribución que hará el Gobierno Nacional por decreto separado, hácese la siguiente distribución

CAPITULO 527

Articulo 5293, ordinal 22

Parágrafo 4. Para la carretera Natagainva Castilla $ 20.000.00

Comuniquese. y publiquese

Dado en Bogotá a 30 de agosto de 1956

Gral. Jefe Supremo GUSTAVO ROJAS PINILLA,

Presidente de Colombia.

El Ministro de Hacienda y Crédito Público

Carlos Villaveces

El Ministro de Obras Públicas

Contraalmirante Rubén Piedrahita.

Publicado en el Diario Oficial número 29139 de fecha 10 de septiembre de 1956

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