Por el cual se organiza el segundo Escuadrón de Caballería del Regimiento Cabal

Rango Decreto
Publicación 1928-01-02
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GUERRA
Fuente SUIN-Juriscol
artículos 3
Historial de reformas JSON API

El Presidente de la República de Colombia,

en uso de las autorizaciones conferidas por la Ley 51 de 1925,

decreta:

Artículo 1° Créase en el Regimiento de Caballería Cabal número 2, el segundo Escuadrón, con el siguiente personal:

(Personal combatiente):

Un Capitán.

Un Teniente.

Dos Subtenientes.

Un Sargento primero.

Cinco Sargentos segundos.

Cinco Cabos primeros.

Un Trompeta.

Cinco Cabos segundos.

Ciento doce saldados.

(Personal de administración).

Un Talabartero segundo.

Un Armero segundo.

Un Herrador segundo.

Cuatro Asistentes.

Artículo 2° El personal expresado en el artículo anterior será dado de alta tan pronto como se haya aprobado el crédito correspondiente para el pago de los sueldos de personal y servicios de alimentación, lavado y peluquería.

Comuniques y publíquese.

Dado en Bogotá a 28 de diciembre de 1927.

Por delegación del Excelentísimo señor Presidente de la Republica, el Ministro de Gobierno,

Jorge VELEZ

Por el Ministro de Guerra, el secretario encargado,

Rafael Reyes Luna.

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.

Este texto se publica bajo las condiciones de reutilización propias de SUIN-Juriscol, no bajo una licencia de Legalize ni de dominio público. SUIN-Juriscol
Textos normativos oficiales del Estado colombiano, reproducibles conforme al art. 41 de la Ley 23 de 1982, con la obligación de conformarse con la edición oficial. Los campos editoriales que acompañan a cada norma (vigencia, subtipo, sector, materia) y el historial de reformas provienen de la anotación de SUIN-Juriscol (Ministerio de Justicia y del Derecho); Legalize no reclama derechos sobre ellos, ni reproduce el formato, el diseño ni la marca del portal. La licencia MIT cubre el código del pipeline, nunca el contenido normativo.