por el cual se hacen unos traslados en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1967 (Ministerio de Defensa Nacional), por $ 2.795.761.00

Rango Decreto
Publicación 1967-12-04
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República, de Colombia, en uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO:

Que por medio del ordinal b) del artículo 56 de la Ley 77 de 1966 y del parágrafo 1° del mismo artículo, se autorizó al Gobierno Nacional para hacer, mediante decreto, los traslados presupuestales necesarios para la buena marcha de la Administración Pública y el nuevo Plan de Inversiones del Gobierno, sin sujeción a las limitaciones impuestas por el Decreto - ley número 1675 de 1964:

Que el Ministerio de Defensa Nacional ha declarado sobrantes y disponibles, por medio de la Resolución número 4818 de 1967, algunos saldos de su presupuesto de gastos, por no ser necesarios durante el resto de la vigencia, y a la vez solicitado que se trasladen para incrementar otras apropiaciones deficientes de su mismo presupuesto, por un total de $2.795.761.00;

Que para amparar la operación presupuestal de que se trata, el Contralor General de la República ha expedido el Certificado de Reserva y Disponibilidad número 53 de 1967, por un valor igual al que se trata de transferir, y

Que se han cumplido los requisitos legales para la tramitación de esta clase de negocios;

DECRETA:

Artículo 1°. Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1967:

PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO

Contracréditos

MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

CAPITULO 0351

Dirección del Ministerio

PROGRAMA 306

Gabinete del Ministro

Servicios personales

101 151 109. Artículo 3502. Remuneración servicios técnicos 13.960.00

CAPITULO 0352

Comando General de las Fuerzas Militares

PROGRAMA 307

Operación Administrativa del Comando General

Servicios personales

101 151 109. Artículo 3517. Remuneración servicios técnicos 20.000.00

Gastos generales

105 151 301 Artículo 3521 Compra de equipo 20.000.00

CAPITULO 0353

Ejército Nacional.

PROGRAMA 311

Operación Administrativa del Ejército.

Gastos generales

106 152 203. Artículo 3542. Viáticos y gastos de viaje 1.100.000.00

PROGRAMA 312

Administración de Instalaciones del Ejército.

Gastos generales

105 152 201. Artículo 3550. Mantenimiento de ganado y sostenimiento de criaderos 700.000

CAPITULO 0354

Arma Nacional

PROGRAMA 316

Operación Administrativa de la Armada

Gastos generales

106 153. 203. Artículo 3565. Viáticos y gastos de viaje 941.801.00
Suman los contracréditos $ 2.795.761.09
--- --- ---

Créditos:

PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO

MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

CAPITULO 0351

Dirección del Ministerio

PROGRAMA 306

Gabinete del Ministro

Servicios personales

102 151 119. Artículo 3504. Alimentación, lavado y peluquería $ 33.960.00

CAPITULO 0352

Comando General de las Fuerzas Militares

PROGRAMA 307

Operación Administrativa del Comando General.

Gastos generales

106 151 311. Artículo 3526. Impresos y publicaciones 20.000.00

CAPITULO 0353

Ejército Nacional

PROGRAMA 311

Operación Administrativa del Ejército

Servicios personales

102 152 119. Artículo 3539. Alimentación, lavado y peluquería 1.800.000.00

CAPITULO 0354

Armada Nacional

PROGRAMA 318

Equipo y Material de Guerra.

Gastos generales

105 153 201. Artículo 3575 Mantenimiento y aseguros 941.801.00
Suman los créditos $2.795.761:00
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Artículo 2°. El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá, D. E., a noviembre 20 de 1967,

CARLOS LLERAS RESTREPO

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Abdón Espinosa Valderrama.

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