por el cual se hacen unos traslados en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1967 (Ministerio de Defensa Nacional), por $ 2.795.761.00
El Presidente de la República, de Colombia, en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO:
Que por medio del ordinal b) del artículo 56 de la Ley 77 de 1966 y del parágrafo 1° del mismo artículo, se autorizó al Gobierno Nacional para hacer, mediante decreto, los traslados presupuestales necesarios para la buena marcha de la Administración Pública y el nuevo Plan de Inversiones del Gobierno, sin sujeción a las limitaciones impuestas por el Decreto - ley número 1675 de 1964:
Que el Ministerio de Defensa Nacional ha declarado sobrantes y disponibles, por medio de la Resolución número 4818 de 1967, algunos saldos de su presupuesto de gastos, por no ser necesarios durante el resto de la vigencia, y a la vez solicitado que se trasladen para incrementar otras apropiaciones deficientes de su mismo presupuesto, por un total de $2.795.761.00;
Que para amparar la operación presupuestal de que se trata, el Contralor General de la República ha expedido el Certificado de Reserva y Disponibilidad número 53 de 1967, por un valor igual al que se trata de transferir, y
Que se han cumplido los requisitos legales para la tramitación de esta clase de negocios;
DECRETA:
Artículo 1°. Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1967:
PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO
Contracréditos
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
CAPITULO 0351
Dirección del Ministerio
PROGRAMA 306
Gabinete del Ministro
Servicios personales
| 101 151 109. Artículo 3502. Remuneración servicios técnicos | 13.960.00 |
|---|---|
CAPITULO 0352
Comando General de las Fuerzas Militares
PROGRAMA 307
Operación Administrativa del Comando General
Servicios personales
| 101 151 109. Artículo 3517. Remuneración servicios técnicos | 20.000.00 |
|---|---|
Gastos generales
| 105 151 301 Artículo 3521 Compra de equipo | 20.000.00 |
|---|---|
CAPITULO 0353
Ejército Nacional.
PROGRAMA 311
Operación Administrativa del Ejército.
Gastos generales
| 106 152 203. Artículo 3542. Viáticos y gastos de viaje | 1.100.000.00 |
|---|---|
PROGRAMA 312
Administración de Instalaciones del Ejército.
Gastos generales
| 105 152 201. Artículo 3550. Mantenimiento de ganado y sostenimiento de criaderos | 700.000 |
|---|---|
CAPITULO 0354
Arma Nacional
PROGRAMA 316
Operación Administrativa de la Armada
Gastos generales
| 106 153. 203. Artículo 3565. Viáticos y gastos de viaje | 941.801.00 | |
|---|---|---|
| Suman los contracréditos | $ | 2.795.761.09 |
| --- | --- | --- |
Créditos:
PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
CAPITULO 0351
Dirección del Ministerio
PROGRAMA 306
Gabinete del Ministro
Servicios personales
| 102 151 119. Artículo 3504. Alimentación, lavado y peluquería | $ | 33.960.00 |
|---|---|---|
CAPITULO 0352
Comando General de las Fuerzas Militares
PROGRAMA 307
Operación Administrativa del Comando General.
Gastos generales
| 106 151 311. Artículo 3526. Impresos y publicaciones | 20.000.00 |
|---|---|
CAPITULO 0353
Ejército Nacional
PROGRAMA 311
Operación Administrativa del Ejército
Servicios personales
| 102 152 119. Artículo 3539. Alimentación, lavado y peluquería | 1.800.000.00 |
|---|---|
CAPITULO 0354
Armada Nacional
PROGRAMA 318
Equipo y Material de Guerra.
Gastos generales
| 105 153 201. Artículo 3575 Mantenimiento y aseguros | 941.801.00 | |
|---|---|---|
| Suman los créditos | $2.795.761:00 | |
| --- | --- | --- |
Artículo 2°. El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, D. E., a noviembre 20 de 1967,
CARLOS LLERAS RESTREPO
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Abdón Espinosa Valderrama.
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