Por el cual se aprueba un Acuerdo del Comité Nacional del Cafeteros

Rango Decreto
Publicación 1979-09-28
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

decreta:

Artículo 1° Apruebase el Acuerdo número 5 del 5 de julio de 1979 del Comité Nacional de Cafeteros, cuyo texto dice lo siguiente:

ACUERDO NUMERO 5 DE 1979

(julio 5)

El Comité Nacional de Cafeteros, en uso de sus atribuciones, y

considerando:

acuerda:

Artículo primero. Autorizar a la Gerencia de la Federación Nacional de Cafeteros para suscribir y pagar por el Fondo Nacional del Café 123.382 acciones de la Corporación Financiera de Caldas S. A. por valor total de $ 14.188.930.00 y 27.374 acciones de Corporación Financiera de Santander S. A. por valor total de $ 2.737.400.00.

Parágrafo. El pago de estas acciones se hará mediante reinversión de los dividendos que correspondieron al Fondo Nacional del Café como accionista de cada una de las citadas Corporaciones Financieras durante el ejercicio de 1978.

Artículo segundo. Someter el presente Acuerdo a la aprobación del señor Presidente de la República por conducto del señor Ministro de Hacienda y Crédito Público.

Dado en Bogotá, D. E., a los cinco (5) días del mes de julio de mil novecientos setenta y nueve (1979).

El Presidente,

Leonidas Londoño Londoño.

El Secretario,

José Fernando Jaramillo H.

Artículo 2° El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición.

Comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. E., a 29 de agosto de 1979.

JULIO CESAR TURBAY AYALA

Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Jaime García Parra.

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