Por el cual se crea un puesto y se hace un nombramiento, en desarrollo del artículo 37 de la Ley 74 de 1926

Rango Decreto
Publicación 1928-01-04
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE INDUSTRIAS
Fuente SUIN-Juriscol
artículos 2
Historial de reformas JSON API

El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus atribuciones legales, y

considerando:

Que las autoridades de varios lugares de la República se han dirigido al Ministerio de Industrias para pedir el envío de un médico veterinario que indique las condiciones higiénicas en que deban tenerse los ganados, aves, etc., de cada localidad e indique las medidas profilácticas que crea convenientes para evitar que las epizootias diezmen los animales,

decreta:

Artículo 1° Créase el puesto de Veterinario ambulante, en el Departamento de Agricultura y Zootecnia del Ministerio de Industrias.

Parágrafo. El Veterinario ambulante del Departamento de Agricultura tendrá una asignación mensual de doscientos pesos ($ 200), y ciento cincuenta pesos ($ 150) como viáticos, cuando se encuentre fuera de la ciudad en ejercicio de las funciones de su cargo.

Artículo 2° Nómbrase para desempeñar este cargo al doctor. Mario E. Dorsonville.

Comuníquese y publíquese,

Dado en Bogotá a 29 de diciembre de 1927.

Por delegación del Excelentísimo señor Presidente de la República, el Ministro de Gobierno,

Jorge VELEZ

El Ministro de Industrias

JoséAntonio MONTALVO.

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.

Este texto se publica bajo las condiciones de reutilización propias de SUIN-Juriscol, no bajo una licencia de Legalize ni de dominio público. SUIN-Juriscol
Textos normativos oficiales del Estado colombiano, reproducibles conforme al art. 41 de la Ley 23 de 1982, con la obligación de conformarse con la edición oficial. Los campos editoriales que acompañan a cada norma (vigencia, subtipo, sector, materia) y el historial de reformas provienen de la anotación de SUIN-Juriscol (Ministerio de Justicia y del Derecho); Legalize no reclama derechos sobre ellos, ni reproduce el formato, el diseño ni la marca del portal. La licencia MIT cubre el código del pipeline, nunca el contenido normativo.