Por el cual se hace un traslado en el presupuesto vigente
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y
considerando:
Que el señor Ministro de Guerra solicitó el traslado de la suma de $ 12,000, del artículo 423 al artículo 424, de la Ley de Apropiaciones vigente, de acuerdo con las disposiciones de la Ley 34 de 1923; Que el Congojo de Ministros, en su lesión del día 27 de los corrientes, aprobó el traslado solicitado,
decreta:
Hácese el siguiente traslado en la Ley de Apropiaciones vigente:
| Del artículo 423, capítulo 38 | $ 12,000 | |
|---|---|---|
| Al artículo 424, capítulo 38 | 12,000 | |
| Sumas iguales | 12,000 | 12,000 |
Por los fines legales consiguientes, dése el aviso correspondiente al departamento de contraloría.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 29 de diciembre de 1927.
Por delegación del Excelentísimo señor Presidente de la República, el Ministro de Gobierno,
Jorge VELEZ
Por el Ministro de Guerra, el señor encargado,
Rafael Reyes luna.
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