Por el cual se hace una supresión y se crea un cargo en el Ministerio de Gobierno
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de las facultades que le confiere la Ley 45 de 1942, y
CONSIDERANDO
Que el artículo 25 de la Ley 45 de 1942, faculta al Presidente de la República para reformar las disposiciones vigentes que establecen gastos públicos de carácter permanente;
Que es necesario crear en el Ministerio de Gobierno la Secretaría Privada para garantizar mejor la marcha de los asuntos de dicha dependencia administrativa,
DECRETA:
Articulo 1º A partir del día 1º de noviembre próximo, suprímese el cargo de Agente Fiscal y Coordinación de, Asuntos Departamentales, creado por Decreto número 463, del 5 de marzo de 1940.
Articulo 2º A partir de la misma fecha a que se refiere el artículo anterior, créase el cargo de Secretario Privado del Ministro de Gobierno, con asignación mensual de doscientos cincuenta pesos ($ 250.00).
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 23 de octubre de 1943.
ALFONSO LOPEZ
El Ministro de Gobierno,
Alberto LLERAS
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Carlos LLERAS RESTREPO
Digitó: CC1.022.970.487
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