por el cual se da nombre a un puente. (Puente Almirante Rubén Piedrahita Arango)
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO:
Que en el sector Santuario Puerto Triunfo, de la carretera Medellín - Bogotá, se ha terminado la construcción del puente sobre el río Samaná;
Que el Almirante Rubén Piedrahita Arango fue un distinguido profesional de la ingeniería, Ministro de Obras Públicas y Miembro de la Junta Militar de Gobierno, y trabajó en la construcción de obras para el progreso del país;
Que debe perpetuarse la memoria de tan distinguido colombiano,
DECRETA:
Artículo 1º. El puente sobre el río Samaná, en el sector Santuario - Puerto Triunfo, de la. Carretera Medellín - Bogotá, se denominará "Puente Almirante Rubén Piedrahita Arango".
Artículo 2º. Este Decreto rige desde la fecha de su expedición.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 19 de julio de 1982.
JULIO CESAR TURBAY AYALA
El Ministro de Obras Públicas y Transporte,
Enrique Vargas Ramírez.
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.