Por el cual se aprueba el Acuerdo No. 020 del 3 de junio de 1993, que establece la planta de personal para el Sanatorio de Contratación (Santander)

Rango Decreto
Publicación 1993-10-22
Estado Derogada
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades legales que le confiere el artículo 74 del Decreto-ley 1042 de 1978,

DECRETA:

ARTICULO 1o. Apruébase el Acuerdo No. 020 de junio 3 de 1993, por el cual se establece la planta de personal del Sanatorio de Contratación (Santander), cuyo texto es el siguiente:

REPUBLICA DE COLOMBIA

Sanatorio de Contratación

Junta Directiva

ACUERDO NUMERO 020 DE 1993

(junio 3)

Por el cual se establece la planta de personal del Sanatorio de Contratación (Santander).

La Junta Directiva del Sanatorio de Contratación, Santander, en desarrollo de las facultades que le confieren los Decretos 1050, 3130 de 1968, 2575 de 1970 y 2164 de 1992,

ACUERDA:

ARTICULO PRIMERO. Las funciones y actividades propias de las distintas dependencias del Sanatorio de Contratación, Santander, serán cumplidas por la planta de personal que a continuación se establece:

No. CARGOS DENOMINACION DEL EMPLEO CODIGO GRADO
DESPACHO DE LA DIRECCION GENERAL DESPACHO DE LA DIRECCION GENERAL DESPACHO DE LA DIRECCION GENERAL DESPACHO DE LA DIRECCION GENERAL
1 (Uno) Director General del Establecimiento Público 0015 06
1 (Uno) Asesor 1020 01
1 (Uno) Auditor 3030 04
1 (Uno) Secretario 5140 06
Planta Globalizada Planta Globalizada Planta Globalizada Planta Globalizada
ATENCION MEDICA: ATENCION MEDICA: ATENCION MEDICA: ATENCION MEDICA:
3 (Tres) Profesional Universitario 3020 06
4 (Cuatro) Profesional Universitario 3020 04
2 (Dos) Profesional Universitario 3020 03
1 (Uno) Capellán (medio tiempo) 3060 04
1 (Uno) Enfermero Auxiliar 6045 08
2 (Dos) Auxiliar de Técnico 4110 05
8 (Ocho) Enfermero Auxiliar 6045 07
2 (Dos) Auxiliar de Técnico 4110 03
5 (Cinco) Ayudante 6025 05
2 (Dos) Ayudante 6025 03
14(Catorce) Ayudante 6025 02
6 (Seis) Ayudante 6025 01
1 (Uno) Conductor Mecánico 6010 06
ADMINISTRACION: ADMINISTRACION: ADMINISTRACION: ADMINISTRACION:
1 (Uno) Asistente Administrativo 4140 15
1 (Uno) Técnico Operativo 4080 09
1 (Uno) Técnico Operativo 4080 07
1 (Uno) Técnico en Presupuesto 4035 07
1 (Uno) Auxiliar de Técnico 4110 06
1 (Uno Auxiliar de Técnico 4110 05
1 (Uno) Auxiliar Administrativo 5120 13
1 (Uno) Almacenista 5080 11
1 (Uno) Auxiliar Administrativo 5120 09
3 (Tres) Auxiliar Administrativo 5120 07
1 (Uno) Secretario 5140 06
4 (Cuatro) Auxiliar Administrativo 5120 05
2 (Dos) Ayudante de Oficina 5155 05
1 (Uno) Ayudante de Oficina 5155 03
1 (Uno) Ayudante 6025 05
1 (Uno) Ayudante 6025 03
1 (Uno) Ayudante de Oficina 5155 01
1 (Uno) Conductor Mecánico 6010 03
5 (Cinco) Celador 6020 01
6 (Seis) Auxiliar de Servicios Generales 6035 02
45 (Cuarenta y cinco) Auxiliar de Servicios Generales 6035 01

ARTICULO SEGUNDO. El Director General del Sanatorio de Contratación, Santander, distribuirá el personal en los cargos a que se refiere el presente Acuerdo, mediante acto administrativo, teniendo en cuenta la estructura orgánica, las necesidades del servicio, los planes y programas trazados en la entidad.

ARTICULO TERCERO. La autoridad nominadora designará el personal que deba ocupar los cargos que el presente Acuerdo establece, de conformidad con las disposiciones legales y las normas fijadas por este Acuerdo.

ARTICULO CUARTO. El presente Acuerdo rige a parir de la fecha de su publicación del Decreto del Gobierno Nacional que lo aprueba, surte efectos fiscales a partir del 1° de enero de 1994 y deroga las disposiciones que le sean contrarias.

Comuníquese y cúmplase.

Dado en Contratación, Santander, a los tres (3) días del mes de junio de mil novecientos noventa y tres (1993).

(Fdo.) Dr. Teodosio Riveros Daza, Presidente de la Junta Directiva (hay sello).

(Fdo.) Luis Antonio Acuna Bautista, Secretario Junta Directiva (hay sello).

ARTICULO 2o. El presente Decreto rige a partir del 1° de enero de 1994, previa publicación en el Diario Oficial.

Comuníquese y cúmplase.

Dado en Santafé de Bogotá, D.C., a 21 de octubre de 1993.

CESAR GAVIRIA TRUJILLO.

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Rudolf Hommes Rodríguez.

El Ministro de Salud,

Juan Luis Londoño de la Cuesta.

El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,

Carlos Humberto Isaza Rodríguez.

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