Por el cual se distribuye una apropiación y se adiciona el Decreto número 421 de febrero 25 de 1964 (Ramo de Carreteras)

Rango Decreto
Publicación 1964-09-10
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo único. Distribúyese la partida apropiada en el Capítulo 1102, artículo 11002, proyecto 1 del Presupuesto vigente, y adiciónanse los ordinales del Decreto 421 de 25 de febrero de 1964, "Conservación, adiciones y mejoras de carreteras nacionales que producen impuesto de peaje, según distribución que hará el Gobierno", así:

Capítulo 1102, artículo 11002, proyecto 1.

Ordinal 1) Carreteras de Antioquia $ 70.000.00
Ordinal 2) Carretera La Cordialidad y Troncal Occidental 194.216.00
Ordinal 3) Carreteras de Caldas 125.000.00
Ordinal 4) Carreteras de Cundinamarca 710.000.00
Ordinal 5) Carreteras del Tolima 135.000.00
Ordinal 6) Carreteras del Valle 430.000.00
Total $ 1.664.216.00

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá, D. E., a 22 de agosto de 1964.

GUILLERMO LEON VALENCIA

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Diego Calle Restrepo. El Ministro de Obras Públicas, Tomás Castrillón Muñoz.

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