Por el cual se distribuye una apropiación y se adiciona el Decreto número 421 de febrero 25 de 1964 (Ramo de Carreteras)
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo único. Distribúyese la partida apropiada en el Capítulo 1102, artículo 11002, proyecto 1 del Presupuesto vigente, y adiciónanse los ordinales del Decreto 421 de 25 de febrero de 1964, "Conservación, adiciones y mejoras de carreteras nacionales que producen impuesto de peaje, según distribución que hará el Gobierno", así:
Capítulo 1102, artículo 11002, proyecto 1.
| Ordinal 1) Carreteras de Antioquia | $ | 70.000.00 |
|---|---|---|
| Ordinal 2) Carretera La Cordialidad y Troncal Occidental | 194.216.00 | |
| Ordinal 3) Carreteras de Caldas | 125.000.00 | |
| Ordinal 4) Carreteras de Cundinamarca | 710.000.00 | |
| Ordinal 5) Carreteras del Tolima | 135.000.00 | |
| Ordinal 6) Carreteras del Valle | 430.000.00 | |
| Total | $ | 1.664.216.00 |
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, D. E., a 22 de agosto de 1964.
GUILLERMO LEON VALENCIA
El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Diego Calle Restrepo. El Ministro de Obras Públicas, Tomás Castrillón Muñoz.
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