Por el cual se hacen unos traslados en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1967 (Ministerio de Justicia, Rama Jurisdiccional y Ministerio Público), por $ 303.300.00
El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO:
Que por medio del ordinal b) del artículo 56 de la ley 77 de 1966 y del parágrafo 1° del mismo artículo, se autorizó al Gobierno Nacional para hacer, mediante decreto, los traslados presupuestales necesarios para la buena marcha de la Administración Pública y el nuevo Plan de Inversiones del Gobierno, sin sujeción a las limitaciones impuestas por el Decreto - ley número 1675 de 1964;
Que el Ministerio de Justicia, la Rama Jurisdiccional y el Ministerio Público, han declarado sobrantes y disponibles, por medio de la Resolución número 4396 de 1967, algunos saldos de sus presupuestos de gastos, por no ser necesarios durante el resto de la vigencia, y, a la vez, solicitado que se trasladen para incrementar otras apropiaciones deficientes de sus mismos presupuestos, por un total de $ 303.300.00;
Que para amparar la operación presupuestal de que se trata, el Contralor General de la República ha expedido el Certificado de Reserva y Disponibilidad número 55 de 1967, por un valor igual al que se trata de transferir, y
Que se han cumplido los requisitos legales para la tramitación de esta clase de negocios,
DECRETA:
Artículo 1°. Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1967:
PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO
Contracréditos
RAMA JURISDICCIONAL
CAPITULO 0906
Juzgados Municipales y Territoriales
PROGRAMA 571
Dirección y Administración de los Juzgados Municipales y Territoriales.
Servicios personales
| 101 134 103. Artículo 9046. Sueldos del personal de nómina | 303.300.00 | |
|---|---|---|
| Suma el contracrédito | $ | 303.300.00 |
Créditos:
PRESUPESTO DE FUNCIONAMIENTO
MINISTERIO DE JUSTICIA
CAPITULO 0201
Administración y Dirección del Ministerio
PROGRAMA 211
Gabinete del Ministro
Dirección y Secretaría.
Servicios personales
| 101 111 103. Artículo 2001. Sueldos del personal de nómina | 1.000.00 |
|---|---|
MINISTERIO PUBLICO
CAPITULO 0851
Procuraduría General de la Nación
PROGRAMA 526
Dirección y Administración de la Procuraduría General de la Nación.
Gastos generales
| 105 134.301. Artículo 8504. Compra de equipo | 50.000.00 |
|---|---|
RAMA JURISDICCIONAL
CAPITULO 0901
Corte Suprema de Justicia
PROGRAMA 536
Dirección y Administración de la Corte Suprema de Justicia.
Gastos generales
| 106 134 203. Artículo 9006. Viáticos y gastos de viaje | 2.300.00 |
|---|---|
CAPITULO 0902
Tribunales Superiores de Distrito Judicial
PROGRAMA 541
Dirección y Administración de los Tribunales Superiores de Distrito Judicial.
Servicios personales
| 101 134 103. Artículo 9011. Sueldos del personal de nómina | 250.000.00 | |
|---|---|---|
| Suman los créditos | $ | 303.300.00 |
Artículo 2°. El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, D. E., a noviembre 20 de 1967.
CARLOS LLERAS RESTREPO
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Abdón Espinosa Valderrama.
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