Por el cual se hace un traslado en la Ley de Apropiaciones vigente

Rango Decreto
Publicación 1928-01-04
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GUERRA
Fuente SUIN-Juriscol
artículos Sin indexar
Historial de reformas JSON API

El presidente de la República de Colombia,

en uso de facultades legales, y

considerando:

Que el señor Ministro de Guerra solicitó el traslado de la suma de $ 3,000, del artículo 394 al artículo 395; de la Ley de Apropiaciones vigente, de acuerdo con las disposiciones de la Ley 34 de 1923;

Que el Consejo de Ministros, en su sesión del día 27 del presente, aprobó el traslado solicitado,

decreta:

Hácese el siguiente traslado de la Ley de Apropiaciones vigente:

Del artículo 394, capítulo 40 $3,000
Al artículo 395, capítulo 40 3.000
Sumas iguales 3,000 3,000

Para los fines legales consiguientes, dése el aviso correspondiente al Departamento de Contraloría.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 29 de diciembre de 1827.

Por delegación del Excelentísimo señor Presidente de la República, el Ministro de Gobierno,

Jorge VELEZ

Por el Ministro de Guerra, el Secretario encargado,

Rafael Reyes Luna.

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.

Este texto se publica bajo las condiciones de reutilización propias de SUIN-Juriscol, no bajo una licencia de Legalize ni de dominio público. SUIN-Juriscol
Textos normativos oficiales del Estado colombiano, reproducibles conforme al art. 41 de la Ley 23 de 1982, con la obligación de conformarse con la edición oficial. Los campos editoriales que acompañan a cada norma (vigencia, subtipo, sector, materia) y el historial de reformas provienen de la anotación de SUIN-Juriscol (Ministerio de Justicia y del Derecho); Legalize no reclama derechos sobre ellos, ni reproduce el formato, el diseño ni la marca del portal. La licencia MIT cubre el código del pipeline, nunca el contenido normativo.