Por el cual se crea el puesto de interventor del gobierno en la Administración del correo aéreo y se nombra la persona que debe desempeñarlo

Rango Decreto
Publicación 1931-12-03
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE CORREOS Y TELEGRAFOS
Fuente SUIN-Juriscol
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ADMINISTRACION DEL CORREO AEREO Y SE NOMBRA LA PERSONA QUE DEBE

DESEMPEÑARLO

El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo 1°. Créase el puesto de Interventor del Gobierno en la Administración del Correo Aéreo, organizada por la Sociedad Colombio-Alemana de Transportes Aéreos (Seadta), en virtud del encargo que se le confirió por Decreto número 362 de 23 de febrero del presente año.

La asignación mensual de este empleado será de $150, que se tomarán en esta vigencia de las economías hechas en el artículo 452, capitulo 58, del Presupuesto.

Artículo 2°. Nómbrase para desempeñar el empleo de que habla el artículo anterior, al señor Fidel Torres González.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 30 de noviembre de 1931.

ENRIQUE OLAYA HERRERA

El Ministro de Correos y Telégrafos,

Alberto PUMAREJO

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