Por el cual se adscribe al ICETEX la administración de unos fondos
El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO
que el ICETEX es el organismo creado por el Gobierno Nacional con funciones específicas en lo que se relaciona con la administración de las subvenciones para estudios de carácter técnico,
DECRETA:
Artículo primero. Adscríbese al ICETEX la administración de los fondos asignados por el Ministerio de Comunicaciones para la financiación de estudios de ingeniería electrónica y de otras materias en el país y de especialización en el Exterior.
Artículo segundo Para la adjudicación, renovación y demás modalidades de estas subvenciones créase una Junta Administradora integrada por el Ministro de Comunicaciones o su representante por el Secretario General del Ministerio de Comunicaciones o su representante y por el Director del ICETEX o su representante.
Artículo tercero. Los fondos de que dispone el Ministerio de Comunicaciones para atender a las subvenciones de que trata este Decreto, serán transferidos al ICETEX para formar un Fondo especial, el cual será administrado por dicho Instituto de acuerdo con las normas que se establezcan en el contrato de administración que suscribirán el Ministerio de Comunicaciones y el ICETEX.
Artículo cuarto. Este Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, D.E., a1° de febrero de 1961.
ALBERTO LLERAS
El Ministro de Comunicaciones, Carlos Martin Leyes.
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