Por el cual se fija la planta de personal de soldados voluntarios para 1988

Rango Decreto
Publicación 1988-02-01
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
Fuente SUIN-Juriscol
artículos 3
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El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades que le confiere el artículo 2ºde la Ley 131 de 1985,

DECRETA:

Artículo 1º La Planta de Personal de Soldados Voluntarios para la vigencia de 1988, será la siguiente:
EJERCITO ARMADA
2.508 234
Artículo 2º Con el propósito de hacer viable la ejecución de esta planta de personal, desde el punto de vista presupuestal, los movimientos de personal deberán hacerse en forma gradual, consultando estrictamente las necesidades de efectivos para el cabal cumplimiento de las funciones asignadas a la Institución.
Artículo 3º El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquesey cúmplase.

Dado en Bogotá, D.E., a 29 de enero de 1988.

VIRGILIO BARCO

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Luis Fernando Alarcon Mantilla.

El Ministro de Defensa Nacional

GeneralRafael Samudio Molina.

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