Por el cual se hacen traslados en el Presupuesto de la vigencia fiscal en curso

Rango Decreto
Publicación 1941-12-18
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus atribuciones legales, y

CONSIDERANDO

que el Consejo de Ministros, en su sesión del día 5 de diciembre del año en curso, autorizó al Ministerio de Hacienda y Crédito Público para efectuar algunos traslados entre apropiaciones del Ministerio de la Economía Nacional, según consta en las notas números 7434 y 7435, procedentes de la Secretaria de dicha entidad,

DECRETA:

Artículo 1º Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto vigente:

MINISTERIO DE LA ECONOMIA NACIONAL

Capítulo 48:
Del artículo 608. Para sueldos del personal del Departamento de Tierras y Colonización, en el año $ 600.00
Capítulo 49:
Del artículo 626. Para sueldos del personal del Departamento de Aguas y Meteorología 600.00
Del artículo 631. Para los gastos que ocasionen los estudios de irrigación, desecanos y desecación y drenaje dé terrenos anegables, que se ejecuten en colaboración con los Departamentos 5.000.00
Capítulo 52:
Del artículo 661. Para sueldos del personal de la Superintendencia de Cooperativas y sus dependencias, en el año 800.00
Capítulo 45:
Al artículo 526. Para el suministro de drogas y material curativo; pago de servicios extraordinarios a especialistas, pago de hospitalizaciones, intervenciones quirúrgicas y servicio de laboratorios; pago de servicios funerarios y demás gastos del servicio médico para el personal del Ministerio 2.000.00
Capítulo 50:
Al articuló 644 bis. Para pagar al Municipio de San Gil (Departamento de Santander), el auxilio de que trata la Ley 59 de 1941, para la preparación de los elementos necesarios para la celebración de los concursos de natación que con motivo de los V Juegos Atléticos Nacionales tendrán lugar en dicho Municipio en el presente mes de diciembre 5.000.00
Sumas iguales $ 7.000.00 7.000.00
Artículo 2º El presente Decreto rige desde su fecha.

Comuniquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 11 de diciembre de 1941.

EDUARDO SANTOS

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Carlos LLERAS RESTREPO

El Ministro de la Economía Nacional,

Marco Aurelio ARANGO

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