Por el cual se señala un gasto en el servicio diplomático
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Articulo único. Señálase, desde el doce de los corrientes, al funcionario encargado de la Legación de Colombia en la Gran Bretaña la suma de ciento cincuenta pesos ($ 150) mensuales para arrendamiento de local.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 9 de diciembre de 1932.
ENRIQUE OLAYA HERRERA
El Ministro de Relaciones Exteriores,
R. URDANETA ARBELAEZ
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