Por el cual se adscriben a un empleado determinadas funciones

Rango Decreto
Publicación 1918-12-21
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de la autorización que le confiere el artículo 1° de la Ley 55 de 1918,

decreta :

Artículo único. Adscríbense al Subjefe de la Sección tercera (Contabilidad), del Ministerio de Gobierno, las funciones de Tenedor de Libros del mismo Ministerio.

Comuníquese Publíquese.

Dado en Bogotá a 16 de diciembre de 1918.

MARCO FIDEL SUAREZ- El Ministro de Gobierno, marcelino ARANGO.

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