Por el cual se modifica el Plan Unico de Cuentas para los Comerciantes
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial de las que le confiere el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política y los artículos 50 y 2035 del Código de Comercio,
DECRETA:
Artículo 1º. Al Catálogo de Cuentas contenido en el artículo decimocuarto del Decreto 2650 de 1993, reformado por el Decreto 2894 de 1994, se le efectúan las siguientes modificaciones:
- a) Cuentas y subcuentas que se incluyen:
| 135517 | Impuesto a las ventas retenido. |
|---|---|
| 135518 | Impuesto de Industria y Comercio retenido. |
| 162535 | En bienes recibidos en arrendamiento financiero (Leasing). |
| 211520 | Contratos de arrendamiento financiero (Leasing). |
| 212020 | Contratos de arrendamiento financiero (Leasing). |
| 2367 | Impuesto a las ventas retenido. |
| 236701 a 236798. | 236701 a 236798. |
| 2368 | Impuesto de Industria y Comercio retenido. |
| --- | --- |
| 236801 a 236898. | 236801 a 236898. |
| 237006 | Aportes a administradoras de riesgos profesionales ARP. |
| 510568 | Aportes a administradoras de riesgos profesionales ARP. |
| 513085 | Transporte de mercancía. |
| 520568 | Aportes a administradoras de riesgos profesionales ARP. |
| 939595 | Diversas. |
- b) Cuentas y subcuentas que se redenominan:
| 1698 | Depreciación y/o amortización acumulada. |
|---|---|
| 237005 | Aportes a entidades promotoras de salud EPS. |
| 429509 | Subvenciones. |
| 510569 | Aportes a entidades promotoras de salud EPS. |
| 520569 | Aportes a entidades promotoras de salud EPS. |
Artículo 2º. Al artículo decimoquinto del Decreto 2650 de 1993, modificado por el Decreto 2894 de 1994, se adicionan las descripciones y dinámicas correspondientes a las cuentas que se incluyen en el literal a) del artículo primero del presente decreto y se modifican algunas de las contenidas en el Plan Unico de Cuentas, así:
| Clase | Grupo | Cuentas |
|---|---|---|
| 1. Activo | 13 Deudores | 1355 Anticipo de Impuestos y Contribuciones a Favor |
Descripción
Registra los saldos a cargo de entidades gubernamentales y a favor del ente económico, por concepto de anticipos de impuestos y los originados en liquidaciones de declaraciones tributarias, contribuciones y tasas para ser solicitados en devolución o compensación con liquidaciones futuras.
DINAMICA
| Débitos | Créditos |
|---|---|
| a) Por los valores pagados; | a) Por la aplicación del impuesto o contribución del período gravable al cual corresponda; |
| b) Por las retenciones en la fuente practicadas al ente económico por los diferentes conceptos establecidos en la ley; | b) Por el valor de las sumas obtenidas como devolución; |
| c) Por el valor del porcentaje retenido sobre el impuesto a las ventas al momento del pago o abono en cuenta en la enajenación de bienes corporales muebles o servicios gravados; | c) Por el valor causado por concepto de retenciones sobre los impuestos a las ventas y de industria, comercio y avisos correspondiente a las devoluciones y/o anulaciones de operaciones a través de las cuales se enajenaron bienes corporales muebles o se prestaron servicios gravados. |
| d) Por el valor del porcentaje retenido sobre el Impuesto de Industria y Comercio, al momento del pago o abono en cuenta, en la enajenación de bienes o servicios; | |
| e) Por el valor del traslado de la cuenta 2408 -Impuesto sobre las ventas por pagar- en caso de presentarse saldos a favor. | |
| Clase | Grupo |
| --- | --- |
| 1. Activo | 16 Intangibles |
Descripción
Registra el valor apreciable en dinero que confiere al ente económico derechos tales como la exclusividad de producir y vender material de lectura, grabaciones y obras de arte al amparo de la propiedad intelectual, al igual que aquellos importes incurridos en su adquisición cuando son comprados.
Registra también el valor pagado al adquirir puestos en las Bolsas de Valores o Agropecuarias, los derechos derivados de bienes entregados en fiducia mercantil, que dan al fideicomitente o beneficiario la posibilidad de ejercerlos de acuerdo al acto constitutivo o la ley así como los que originan aquellos bienes recibidos en arrendamiento financiero.
La transferencia de uno o más bienes que hace el fiduciante o fideicomitente al fiduciario debe efectuarse para fines contables por su costo ajustado de suerte que la entrega en sí misma no genera la realización de utilidades para el constituyente y éstas sólo tendrán incidencias en los resultados cuando "realmente" se enajene a terceros el bien o bienes objeto del fideicomiso.
El valor asignado al bien(es) en fideicomiso se revelará en cuentas de orden bajo el código 839520 -Bienes y Valores en Fideicomiso-.
162515 -En Fideicomisos Inmobiliarios- registra los contratos fiduciarios, mediante los cuales el ente económico transfiere un buen inmueble a la entidad fiduciaria para que administre y desarrolle un proyecto inmobiliario de acuerdo con las instrucciones señaladas en el contrato cuando el beneficiario sea el mismo fideicomitente.
162520 -En Fideicomisos de Garantía- registra los contratos fiduciarios mediante los cuales el ente económico transfiere uno o varios bienes a una entidad fiduciaria para garantizar con ellos y/o con su producto el cumplimiento de ciertas obligaciones designando como beneficiario a los acreedores de dichas obligaciones. Tales fideicomisos, igualmente se registrarán en el código 8110 -Bienes y Valores Entregados en Garantía-.
162525 -En fideicomisos de Administración- registra los negocios fiduciarios en los cuales el ente económico realiza la entrega de los bienes fideicomitidos con transferencia de propiedad con el fin que el fiduciario los administre y los destine junto con los rendimientos según el caso al cumplimiento de la finalidad señalada en el contrato.
162535 -En Bienes Recibidos en Arrendamiento Financiero (leasing)- registra los derechos derivados de bienes recibidos en arrendamiento financiero con opción de compra, en los términos previstos en las normas legales vigentes, tales como inmuebles, maquinaria y equipo vehículos y equipo de computación, así como aquellos activos recibidos bajo la figura "lease-back" o retroarriendo.
El costo de los derechos sobre estos bienes, lo constituye el valor del contrato, es decir el valor presente de los cánones de arrendamiento y de la opción de compra pactados, calculados a la fecha del respectivo contrato y a la tasa pactada en el mismo.
Los derechos se deben ajustar por inflación conforme a las disposiciones legales vigentes.
DINAMICA
| Débitos | Créditos |
|---|---|
| a) Por el valor nominal dado como amparo a la propiedad intelectual; | a) Por el costo, por venta o cesión de los respectivos derechos; |
| b) Por el costo de adquisición de la propiedad intelectual, cuando ésta es comprada; | b) Por el costo, por terminación del derecho fiduciario; |
| c) Por el costo de adquisición del puesto en bolsa; | c) Por el valor del impuesto a las ventas a descontar como impuesto de renta, conforme a lo previsto en las normas tributarias; |
| d) Por el valor del derecho adquirido en el respectivo negocio fiduciario; | d) Por el costo, cuando el ente económico ejerza la opción de compra, con cargo a la cuenta respectiva del activo; |
| e) Por el valor del contrato (valor presente de los cánones más la opción de compra), de los bienes recibidos en arrendamiento financiero; | e) Por el costo, cuando no se ejerza la opción de compra. |
| f) Por el valor del ajuste por inflación. | |
| Clase | Grupo |
| --- | --- |
| 1. Activo | 16 Intangibles |
Descripción
Registra el monto de las depreciaciones y/o amortizaciones acumuladas de los activos intangibles de propiedad del ente económico.
La depreciación y/o amortización debe considerar la vida útil estimada del intangible, es decir, los períodos en los cuales producirá beneficios económicos y la duración de la protección legal conferida al mismo.
DINAMICA
| Créditos | Débitos |
|---|---|
| a) Por el valor de la cuota de amortización periódica determinada técnicamente para cada uno de los activos de acuerdo con sus características o condiciones; | a) Por el saldo que tenga al momento de su venta; |
| b) Por el valor de la alicuota de depreciación correspondiente al costo de los bienes recibidos en arrendamiento financiero, cuyos derechos se registran recibidos en arrendamiento financiero; en la subcuenta 162535 -En Bienes Recibidos en Arrendamiento Financiero (Leasing); | b) Por el traslado de saldo a la cuenta respectiva, cuando el ente económico ejerza la opción de compra de los bienes |
| c) Por el valor del ajuste por inflación. | c) Por el saldo, cuando el ente económico no ejerza la opción de compra; |
| d) Por el saldo que tenga cuando se cancele el activo por desuso. | |
| Clase | Grupo |
| --- | --- |
| 2. Pasivo | 21 Obligaciones |
Descripción
Registra el monto del capital de las obligaciones contraídas por el ente económico en moneda nacional o extranjera con corporaciones financieras, así como el valor de los cánones de arrendamiento y opción de compra pactados en los contratos de arrendamiento financiero (Leasing) celebrados con ellas.
DINAMICA
| Créditos | Débitos |
|---|---|
| a) Por el monto principal del préstamo | a) Por el valor de los pagos ya sean parciales o totales, aplicables a las obligaciones registradas; |
| b) Por el valor de las notas débito recibidas; | b) Por el valor de las notas crédito recibidas de las corporaciones financieras; |
| c) Por el valor del contrato (valor presente de los cánones más la opción de compra), de los bienes recibidos en arrendamiento financiero; | c) Por el ajuste negativo por diferencia en cambio de los saldos en moneda extranjera. |
| d) Por el valor del ajuste por diferencia en cambio. | |
| Clase | Grupo |
| --- | --- |
| 2. Pasivo | 21 Obligaciones |
Descripción
Registra el monto del capital en las obligaciones contraídas por el ente económico con compañías de financiamiento comercial, así como el valor de los cánones de arrendamiento y opción de compra pactados en los contratos de arrendamiento financiero (Leasing) celebrados con ellas.
DINAMICA
| Créditos | Débitos |
|---|---|
| a) Por el valor de las obligaciones o de los préstamos recibidos; | a) Por el valor de los pagos ya sean parciales o totales, aplicables a las obligaciones registradas; |
| b) Por el valor de las notas débito recibidas; | b) Por el valor de las notas crédito recibidas de las compañías de financiamiento comercial; |
| c) Por el valor del contrato (valor presente de los cánones más la opción de compra), de los bienes recibidos en arrendamiento financiero; | c) Por el ajuste negativo por diferencia en cambio de los saldos en moneda extranjera. |
| d) Por el valor del ajuste por diferencia en cambio. | |
| Clase | Grupo |
| --- | --- |
| 2. Pasivo | 23 Cuentas por Pagar |
Descripción
Registra el valor de las retenciones en la fuente recaudadas por concepto del impuesto sobre las ventas, que efectúa el ente económico a los responsables de dicho impuesto, cuando se adquieran bienes corporales muebles o servicios gravados.
DINAMICA
| Créditos | Débitos |
|---|---|
| a) Por el valor del porcentaje retenido sobre el impuesto a las ventas facturado, al momento del pago o abono en cuenta, en la adquisición de bienes o servicios gravados; | a) Por el valor de los pagos, correspondientes a los montos retenidos; |
| b) Por el valor del porcentaje calculado sobre las compras o la adquisición de servicios gravados, que deba ser asumido por el ente económico, siempre y cuando la operación se realice con personas pertenecientes al régimen simplificado, con cargo a la cuenta 2408 -Impuesto sobre las Ventas por Pagar-, a un gasto, o como mayor valor del costo. | b) Por el valor causado por concepto de retenciones sobre el impuesto a las ventas, correspondiente a las devoluciones y/o anulaciones de operaciones a través de las cuales se adquirieron bienes corporales muebles o prestación de servicios gravados. |
| Clase | Grupo |
| --- | --- |
| 2. Pasivo | 23 Cuentas por Pagar |
Descripción
Registra el valor de las retenciones en la fuente en el Impuesto de Industria y Comercio, que efectúa el ente económico, cuando se adquieran bienes o servicios.
DINAMICA
| Créditos | Débitos |
|---|---|
| a) Por el valor del porcentaje retenido sobre el Impuesto de Industria y Comercio, al momento del pago o abono en cuenta, en la adquisición de bienes o servicios. | a)Por el valor de los pagos, correspondientes a los montos retenidos; |
| b) Por el valor causado por concepto de retenciones sobre el Impuesto de Industria y Comercio, correspondiente a las devoluciones y/o anulaciones de operaciones a través de las cuales se adquirieron bienes o servicios. | |
| Clase 2. | Grupo |
| --- | --- |
| 2. Pasivo | 24 Impuestos, Gravámenes y Tasas |
Descripción
Registra tanto el valor recaudado o causado como el valor pagado o causado, en la adquisición o venta de bienes producidos, importados y comercializados, así como de los servicios prestados y/o recibidos, gravados de acuerdo con las normas fiscales vigentes, los cuales pueden generar un saldo a favor o a cargo del ente económico, producto de las diferentes transacciones ya que se trata de una cuenta corriente.
DINAMICA
| Créditos | Débitos |
|---|---|
| a) Por el valor del impuesto causado o generado por la venta de bienes o servicios gravados; | a) Por el valor del impuesto facturado al ente económico en la adquisición de bienes y servicios; |
| b) Por el valor del impuesto correspondiente a los bienes y servicios gravados, por la devolución en las compras o servicios a proveedores o contratistas; | b) Por el valor del impuesto correspondiente a los bienes y servicios gravados en las devoluciones y anulaciones en ventas; |
| c) Por el impuesto sobre las ventas de las financiaciones causadas, así como del recaudo por intereses de mora; | c) Por el pago del saldo a cargo que resulte en los respectivos bimestres; |
| d) Por el valor del traslado a la subcuenta 135520 -Sobrantes en Liquidación Privada de Impuestos-, de los saldos a favor cuando se solicita devolución. | d) Por la aplicación de las retenciones que le hayan sido practicadas, en la enajenación de bienes y servicios gravados, de acuerdo con la declaración del bimestre respectivo; |
| e) Por el valor del porcentaje calculado sobre las compras o la adquisición de servicios gravados que deban ser asumidos por el ente económico, siempre y cuando la operación se realice con personas pertenecientes al régimen simplificado, con abono a la cuenta número 2367 -Impuesto a las Ventas Retenido-. | |
| Clase 2. | Grupo |
| --- | --- |
| Pasivo | 24 Impuestos, Gravámenes y Tasas |
Descripción
Registra el valor adeudado por el gravamen establecido sobre las actividades industriales, comerciales y de servicios, en favor de cada uno de los distritos y municipios donde ellas se desarrolle, según la liquidación privada.
DINAMICA
| Créditos | Débitos |
|---|---|
| a. Por el valor del impuesto liquidado sobre los ingresos del período gravable. | a. Por el valor del pago. |
| b. Por el valor del anticipo pagado. | |
| c. Por la aplicación de las retenciones sobre el impuesto de industria y comercio, en la enajenación de bienes y servicios, de acuerdo con la declaración respectiva. | |
| Clase 3. | Grupo |
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| Patrimonio | 32 Superávit de Capital |
Descripción
Registra los valores acumulados que el ente económico ha recibido por concepto de donaciones de bienes y valores.
Se consideran superávit de capital aquellas donaciones correspondientes a bienes y valores que incrementan el patrimonio del ente, tales como propiedades, planta y equipo. Aquellos bienes recibidos sin contraprestación económica con el fin de atender costos o gastos de funcionamiento, se registrarán en la subcuenta 429509 -Subvenciones-.
DINAMICA
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