Por el cual se modifica el 1901 de 1929, sobre organización del Ejército
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de las facultades especiales que le confiere la Ley 3º del año en curso,
DECRETA:
Artículo 1º. A partir del primero de febrero próximo, la planta de Oficiales General del Ejército, fijada por el Decreto 1901 de 1929, en siete Generales de División y siete de Brigada, quedará reducida a seis Generales de División y seis Generales de Brigada.
Artículo 2º. La Jefatura de la Sección de Personal del Ministerio de Guerra podrá ser servida también por un oficial del grado de Coronel, a voluntad del Gobierno.
Artículo 3º. Refúndense en una sola las Secciones de Infantería e Ingenieros del Departamento número 3 del Ministerio de Guerra, quedando por tanto disminuida en un Coronel la planta de Oficiales del Ejército.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 13 de diciembre de 1930.
ENRIQUE OLAYA HERRERA
El Ministro de Guerra,
Agustín MORALES OLAYA
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