Por el cual se suprime una Cárcel de Circuito y se crea otra
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO
que el Decreto legislativo número 1466 de este año creó el Circuito Penal de Sabanalarga, en el Distrito Judicial de Barranquilla, y suprimió el de Baranoa, en el mismo Distrito Judicial,
DECRETA:
Artículo único. Suprímese la Cárcel del Circuito de Baranoa, y en su lugar créase la de Sanabanalarga, en el Distrito Judicial de Barranquilla, con el mismo personal y asignaciones.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá a 15 de octubre de 1951.
LAUREANO GOMEZ
El Ministro de Justicia, Juan Uribe Holguín-El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Antonio Álvarez Restrepo.
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