Por el cual se hace un traslado

Rango Decreto
Publicación 1934-01-09
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL
Fuente SUIN-Juriscol
Historial de reformas JSON API

El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus atribuciones legales, y

CONSIDERANDO:

para material y útiles de escritorio de las oficinas del Ministerio y sus dependencias;

DECRETA:

Artículo único. Trasládase la cantidad de setecientos pesos ($ 700) del artículo 252, capítulo 55, del Presupuesto de la actual vigencia al artículo 185, capítulo 46, del mismo Presupuesto.

Comuníquese a quienes corresponda y publíquese.

Dado en Bogotá a 21 de diciembre de 1933.

ENRIQUE OLAYA HERRERA

El Ministro de Educación Nacional,

Pedro M. CARREÑO

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.