Por el cual se fijan normas para los exámenes de capacidad para el ascenso de los oficiales que cursan en la Universidad Nacional

Rango Decreto
Publicación 1939-11-04
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GUERRA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO:

DECRETA:

Artículo 1º Los Oficiales que cursan estudios en la Universidad Nacional, comprobarán los requisitos de capacidad de que trata el artículo 1º de la Ley 88 de 1935, por medio de exámenes teóricos y prácticos, que rendirán en la Escuela del arma respectiva, en cuanto se relaciona con los de infantería y artillería. Los del arma de ingenieros rendirán el examen ante la Junta examinadora y calificadora que el Ministerio Guerra constituirá para examinar a los Oficiales de esta arma que cursan estudios en la Universidad.
Artículo 2º Las pruebas teóricas y prácticas a que deben ser sometidos estos Oficiales versarán sobre los siguientes puntos:

1) Pruebas teóricas. Para Oficiales de todas las armas:

2) Pruebas prácticas.

Desarrollo de una tarea táctica con la unidad fundamentos del arma correspondiente.

Sobre la base de una tarea táctica, reconocimientos correspondientes para trabajos de ingenieros y trabajos técnicos que se derivan de dichos reconocimientos.

Artículo 3º La aptitud física de los Oficiales se comprobará con el certificado que expida la Dirección General de Sanidad.
Artículo 4º El Ministerio de Guerra dictará las disposiciones encaminadas a fijar las fechas para los exámenes de que trata el presente Decreto y a constituir las Juntas examinadoras y calificadoras, lo mismo que a dictar las normas que deben regir en dichas pruebas.
Artículo 5º En cuanto a calificaciones, consecuencia de los exámenes y demás detalles rigen las disposiciones del Decreto número 59 de 1936.
Artículo 6° El presente Decreto reforma las disposiciones del marcado con el número 1747 del presente año, en lo relacionado con los Oficiales del arma de ingenieros que estudian en la Universidad.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 3 de noviembre de 1939.

EDUARDO SANTOS

El Ministro de Guerra,

José. Joaquín CASTRO

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