Por el cual se suprime en la Administración General de Bienes del Ministerio de Obras Públicas, la Sección de Transportes Bogotá - Pasto - Puerto Asís
El Presidente de la Republica de Colombia,
en uso de sus facultades extraordinarias de que está investido por la ley 12 de 1932.
DECRETA:
Artículo único. A partir del día 10 del presente mes queda suprimida la sección de transportes de la administración general de bienes del ministerio de Obras Públicas, correspondiente al sector Bogotá-Pasto-Puerto Asís. Los empleados nombrados por decretos y resoluciones de dicho Ministerio deberán terminar en la fecha citada la entrega de las oficinas y elementos a su cargo, al personal destinado por el Ministerio de Guerra según decreto número 111, de fecha 23 de enero del corriente año.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 1° de febrero de 1933.
ENRIQUE OLAYA HERRERA
El Ministro de Obras Públicas,
Alfonso ARAUJO.
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