Por el cual se adiciona el Presupuesto Nacional de gastos de la actual vigencia económica
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y teniendo en cuenta lo dispuesto en la Ley 48 del presente año,
DECRETA:
Artículo único. Adicionase la liquidación general del Presupuesto Nacional de gastos para el año económico de 1915, con la cantidad de veinte mil pesos ($ 20,000), que llevará la siguiente imputación:
MINISTERIO DE GOBIERNO
Capítulo 7.°
Higiene Pública Nacional.
| Artículo 13 A. Para dar cumplimiento a la Ley 48 de 1915, sobre establecimiento de un hospital de cuarentena en Buenaventura, donde puedan aislarse, mientras se construye una estación sanitaria, los enfermos de fiebre amarilla o de cualquiera otra epidemia, hasta | $ 20,000 |
|---|---|
| Total | $ 20,000 |
Parágrafo. Las Oficinas ordenadoras y pagadoras respectivas describirán en sus libros las operaciones a que da lugar el presente Decreto.
Publíquese.
Dado en Bogotá a 24 de diciembre de 1915.
JOSE VICENTE CONCHA
El Ministro del Tesoro.
Salvador FRANCO.
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