Por el cual se abre un crédito al Presupuesto extaordinario vigente

Rango Decreto
Publicación 1941-12-19
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO

Que la Ley 45 de 1941, "por la cual se otorgaron unas autorizaciones al Gobierno, relacionadas con el efidicio de la Facultad de Minas de la Universidad Nacional, en Medellin," dispuso la venta, por conducto del Ministerio de Obras Públicas, y a la Comunidad Salesiana del Colegio de María Auxiliadora, de la misma ciudad, del edificio ocupado por la Facultad mencionada, por un precio de $ 165.000;

Que en cumplimiento de las anteriores disposiciones, el Ministerio de Obras Públicas, por intermedio de la Gobernación de Antioquia, efectuó la venta del inmueble en las condiciones fijadas por la Ley, y se recibió ya la suma de $ 55.000, como primer contado del valor total de la venta, suma que se halla en poder de la Tesoreria General de la República, a la orden del Gobierno;

Que la misma Ley 45 del presente año, dispone que el producto de la venta se destinará en su totalidad a la terminación del nuevo edificio para la Facultad de Minas, que se construye en Medellin, para lo cual ordena también la incorporación del producto de la venta, en el Presupuesto Nacional con ese exclusivo fin; y

Que el señor Contralor General de la República, en oficio número 21655, de 3 de diciembre de 1941, ha certificado sobre la existencia de la suma de $ 55.000, proveniente de un primer contado del valor de la venta del actual edificio de la Facultad de Minas de la Universidad Nacional, en Medellin, y estima que con ese nuevo recurso puede abrirse un crédito al Presupuesto extraordinario vigente, destinado especialmente al fin indicado en la Ley 45 de 1941,

DECRETA:

Artículo 1º Con base en la suma de cincuenta y cinco mil pesos ($ 55.000), proveniente del primer contado recibido por el Tesoro Nacional, por concepto de la venta del edificio de la Fecultad de Minas de la Universidad Nacional, en Medellin, ábrese el siguiente crédito al Presupuesto extraordinario vigente:

MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS

Capítulo 102.

Artículo 1283. Para continuar la construcción del nuevo edificio para la Facultad de Minas, en Medellin, según la Ley 45 de 1941 $ 55.000.00
Artículo 2º El presente Decreto rige desde su fecha.

Comuniquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 11 de diciembre de 1941.

EDUARDO SANTOS

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Carlos LLERAS RESTREPO

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