por el cual se hacen unos traslados en el Presupuesto vigente. (Ministerio de Guerra)

Rango Decreto
Publicación 1948-07-08
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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(Ministerio de Guerra) .

El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus atribuciones legales, y

CONSIDERANDO

que el Consejo de Ministros en su sesión del día 22 de junio del año en curso autorizó al Ministerio de Hacienda y Crédito Público para efectuar unos traslados dentro de las apropiaciones del Ministerio de Guerra, según consta en el acta respectiva,

DECRETA :

Artículo 1° Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto vigente:
MINISTERIO DE GUERRA
Capítulo 52. Ministerio y Ejército.
Del artículo 456. Para adquisición, conservación y seguro del material $ 54.000.00
Capítulo 53. Aviación Militar y Aeronáutica Civil.
Del artículo 473. Para combustibles, grasas y lubricantes 151.000.00
Del artículo 474. Para conservación y ampliación de edificios, guarniciones y bases aéreas 11.500.00
Del artículo 483. Para estudios, conservación, ampliación y construcción de aeródromos 12.000.00
Suman los contracréditos $ 228.500.00
Capítulo 52. Ministerio y Ejército.
Al artículo 457. Para combustibles, grasas y lubricantes $ 20.000.00
Al artículo 459. Para arrendamientos, alumbrado, servicios de agua, energía eléctrica y telefónico 30.000.00
Capítulo 53. Aviación Militar y Aeronáutica Civil
Al artículo 470-A. Para alimentación, lavado y peluquería de Aeronáutica Civil 12.000.00
Al artículo 486. Para arrendamientos, alumbrado, servicios de agua, energía eléctrica y telefónico 11.300.00
Al artículo 489. Para alimentación, aseo, herraje y sanidad de ganado 200.00
Capítulo 55. Gastos varios.
Al artículo. 501. Para servicios funerarios 4.000.00
Al artículo 504. Para gastos de vigencias expiradas 151.000.00
Suman los créditos $ 228.500. 00
Artículo 2° El presente Decreto rige desde su fecha.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 23 de junio de 1948.

MARIANO OSPINA PEREZ

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

José María BERNAL

El Ministro de Guerra,

Teniente General Germán OCAMPO

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