Por el cual se aprueba el Decreto número 1215 de 16 de septiembre de 1958, expedido por el Gobernador del Departamento del Tolima
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de las atribuciones que le confiere el Decreto número 0325 de 30 de septiembre de 1958,
DECRETA:
Artículo único. Apruébase en todas sus partes el siguiente Decreto expedido por el Gobernador del Departamento del Tolima, y que a la letra dice:
"DECRETO NUMERO 1215 DE 1958
(SEPTIEMBRE 16)
por el cual se crean unas Inspecciones Departamentales de Policía.
El Gobernador del Departamento,
en uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo primero. Créase en el Municipio de Santa Isabel la Inspección de Policía Departamental de la Estrella, en la vereda del mismo nombre, cuya jurisdicción será la que comprende el territorio de la mencionada vereda.
Artículo segundo. Créase en el Municipio de Venadillo la Inspección de Policía Departamental de Malabar y Porvenir, la cual funcionará en el sitio denominado "La Cuchilla", y tendrá jurisdicción en los territorios que corresponden a las fracciones de Malabar y Porvenir.
Artículo tercero. El presente Decreto se enviará para la aprobación al señor Ministro de Gobierno.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Ibagué a 16 de septiembre de mil novecientos cincuenta y ocho.
Firmados:
Darío Echandia O., Gobernador.
El Secretario de Gobierno, BelisarioArciniegas García. El Secretario de Hacienda, Rafael Caycedo Espinosa. El Secretario de Obras Públicas, Germán Hoyos Jaramillo. El Secretario de Agricultura, Jorge Alvira Jácome. El Secretario de Educación, Abel Jiménez Gómez".
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 21 de octubre de 1958.
ALBERTO LLERAS.
El Ministro de Gobierno,
Guillermo Amaya Ramírez.
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Hernando Agudelo Villa.
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.