Por el cual se crea Prima Técnica al cargo de Economista V-27 de la Oficina de Planeación y Análisis Económicos y Fiscales del Ministerio de Hacienda y Crédito Público
El Presidente de la República de Colombia,
en ejercicio de las facultades constitucionales, y en especial de las que le confiere el artículo 120, numeral 21 de la Constitución Nacional, y de las legales correspondientes,
CONSIDERANDO:
1°.Que el Decreto número 2285 de 1968, en su artículo 7°. Estableció una Prima Técnica para los cargos de especial responsabilidad o superior especialización técnica del servicio público destinada a atraer a él o a mantener en él personal altamente calificado;
2°. Que de conformidad con el artículo 120, numeral 21 de la Constitución Nacional "corresponde al Presidente de la República, crear, suprimir y fusionar los empleos que demande el servicio de los Ministerios, Departamento Administrativos y los subalternos del Ministerio Público y señalar sus funciones especiales, lo mismo que fijar sus dotaciones y emolumentos, todo con sujeción a las leyes a que se refiere el ordinal 9°. Del artículo 76";
3°. Que dentro de dicha facultades se encuentra incluída la creación de la Prima Técnica para los cargos de que trata el Decreto 2285 de 1968;
DECRETA:
Artículo primero. Créase la Prima Técnica para el cargo de Economista V-27 de la Oficina de Planeación y Análisis Económico y Fiscales del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.
Artículo segundo. Su asignación se hará al titular del cargo por Decreto del Gobierno Nacional según el procedimiento del Decreto 2285 de 1968 y el Decreto reglamentario 131 de 19969.
Artículo tercero. El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 20 de noviembre de 1972.
MISAEL PASTRANA BORRERO
Ministro de Hacienda y Crédito Público.
CARMENZA ARANA DE RAMIREZ,
Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil,
CARMENZA ARANA DE RAMIREZ.
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