Por el cual se crean unos puestos en el ramo de Guerra
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo único. Créanse seis (6) puestos de peones (ramperos), con destino a la base aérea de Palanquero, con la asignación mensual de cuarenta y cinco pesos ($ 45) cada uno.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 21 de diciembre de 1933.
ENRIQUE OLAYA HERRERA
El Ministro de Guerra,
Alfonso ARAUJO
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