por el cual se aprueba el Acuerdo número 020 de 1986, que establece la Planta de Personal Administrativo del Fondo Educativo Regional del Huila

Rango Decreto
Publicación 1987-11-12
Estado Vigente
Departamento DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DEL SERVICIO CIVIL
Fuente SUIN-Juriscol
artículos 1
Historial de reformas JSON API

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales que le confiere el ordinal 21 del artículo 120 de la Constitución Nacional,

DECRETA:

Artículo 1º Apruébase el Acuerdo número 020 de 27 octubre de 1986, de la Junta Administradora del Fondo Educativo Regional del Huila, cuyo texto es el siguiente:

DECRETA:

Artículo 1° Apruébase el Acuerdo número 020 de 27 octubre de 1986, de la Junta Administradora del Fondo Educativo Regional del Huila, cuyo texto es el siguiente:

"ACUERDO NUMERO 020 DE 1986

(octubre 27)

"por el cual se establece la Planta de Personal Administrativo del Fondo Educativo Regional del Huila".

La Junta Administradora del Fondo Educativo Regional del Huila, en uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO:

Que según el Decreto Extraordinario número 102 de 1976 corresponde a las Juntas Administradoras de los Fondos Educativos Regionales, proponer al Ministerio de Educación Nacional la Planta de Personal del Fondo, para los cargos administrativos que se requieren para el normal funcionamiento de los planteles educativos.

Que el Decreto 1042 de 1978 y sus modificativos establecen el sistema de nomenclatura, clasificación y remuneración para los distintos empleos administrativos del orden nacional.

Que la Ley 12 de 1986 establece que las Plantas de Personal de los Fondos Educativos Regionales, previo certificado de disponibilidad presupuestal, deberán ser aprobadas mediante decreto del Gobierno Nacional.

ACUERDA:

Artículo 1° Las funciones propias de las distintas dependencias del Fondo Educativo Regional del Huila, serán cumplidas por la Planta de Personal Administrativo que a continuación se establece:

Nº de cargos Dependencia y denominación del cargo Código Grado
Administración General Delegación Regional del Ministerio de Educación Nacional. Administración General Delegación Regional del Ministerio de Educación Nacional. Administración General Delegación Regional del Ministerio de Educación Nacional. Administración General Delegación Regional del Ministerio de Educación Nacional.
1 Profesional Universitario 3020 06
1 Secretario 5140 10
1 Auxiliar Administrativo 5120 07
1 Chofer Técnico 6010 06
2 Ayudante de Oficina 5155 05
Administración del Fondo Educativo Regional. Administración del Fondo Educativo Regional. Administración del Fondo Educativo Regional. Administración del Fondo Educativo Regional.
Presupuesto. Presupuesto. Presupuesto. Presupuesto.
1 Técnico Administrativo 4065 07
2 Auxiliar Administrativo 5120 08
Contabilidad. Contabilidad. Contabilidad. Contabilidad.
1 Profesional Universitario 3020 04
2 Auxiliar Administrativo 5120 07
Tesorería Tesorería Tesorería Tesorería
1 Tesorero 5015 20
1 Técnico Administrativo 4065 09
1 Auxiliar Administrativo 5120 07
2 Ayudante de Oficina 5155 05
Novedades. Novedades. Novedades. Novedades.
1 Técnico Administrativo 4065 07
Kárdex y Archivo. Kárdex y Archivo. Kárdex y Archivo. Kárdex y Archivo.
1 Auxiliar Administrativo 5120 09
1 Auxiliar Administrativo 5120 07
1 Ayudante de Oficina 5155 05
Almacén. Almacén. Almacén. Almacén.
1 Almacenista 5080 13
Personal. Personal. Personal. Personal.
1 Supervisor 5105 10
1 Auxiliar Administrativo 5120 09
1 Auxiliar de Servicios Generales 6035 05
2 Celador 6020 04
Oficina Seccional de Escalafón Oficina Seccional de Escalafón Oficina Seccional de Escalafón Oficina Seccional de Escalafón
1 Técnico Administrativo 4065 07
1 Auxiliar de Técnico 4110 05
1 Secretario 5140 10
3 Auxiliar Administrativo 5120 11
2 Auxiliar Administrativo 5120 07
3 Ayudante de Oficina 5155 07
1 Auxiliar de Servicios Generales 6035 02
Centro Experimental Piloto Centro Experimental Piloto Centro Experimental Piloto Centro Experimental Piloto
1 Director de Centro 2105 03
1 Profesional Universitario 3020 04
2 Profesional Universitario 3020 03
1 Pagador 5045 13
1 Auxiliar Administrativo 5120 05
1 Operario Calificado 6000 07
1 Auxiliar le Servicios Generales 6035 03
Establecimientos Educativos Establecimientos Educativos Establecimientos Educativos Establecimientos Educativos
3 Pagador 5045 11
2 Secretario 5140 08
1 Secretario 5140 06
2 Auxiliar Administrativo 5120 07
2 Auxiliar Administrativo 5120 05
1 Ayudante de Oficina 5155 07
1 Ayudante de Oficina 5155 05
1 Enfermero Auxiliar 6045 05
6 Celador 6020 03
4 Celador 6020 02
1 Auxiliar de Servicios Generales 6035 02
12 Auxiliar de Servicios Generales 6035 01

Artículo 2° El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición, deroga el Acuerdo número 003 de 1986 en lo Pertinente al personal administrativo y para su validez requiere aprobación por decreto del Gobierno Nacional.

Comuníquese y cúmplase.

Dado en Neiva, a 27 de octubre de 1986.

Gobernador Presidente de la Junta Administradora del FER.

(Fdo.) Rodrigo Manrique Medina,

Delegado Ministro Educación Huila.

(Fdo.) Vilma Garrido De Carrera,

Secretario de Educación.

(Fdo.) Leonardo Unda González,

Delegado Min-Hacienda

(Fdo.) Rubén Rueda Fragua,

Director Regional ICCE.

(Fdo,) José Gelmo Cuellar Silva,

Director Regional ICETEX.

(Fdo.) CARLOS ENRIQUE SÁNCHEZ ZAMBRANO,

Aprobado

Director General de Servicios Administrativos M.E.N.

(Fdo.) Alfonso Cabrales Contreras,

Jefe División Coordinación FER

(Fdo.) Francisco Roldan Cajiao,

Articulo 2º El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D.E., a 11 de noviembre de 1987.

VIRGILIO BARCO

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Luis Fernando Alarcón Mantilla.

El Ministro de Educación Nacional,

Antonio Yepes Parra.

El Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil,

Joaquín Barreto Ruiz.

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.